2023-08-14

Reclamo por cuota alimentaria: ¿qué pasa cuando el demandado no se presenta?

Es una posibilidad más común de lo que puede parecer. El demandado no se presenta o no se da por enterado. O se alejó de la ciudad. ¿Qué hacer entonces? Un reclamo por cuota alimentaria suele ser algo urgente y necesario. Le pasó a una vecina de Cipolletti. Buscó al papá de su hija por todos los medios posibles. Pero el hombre no apareció ni en Cipolletti ni el Alto Valle.

¿Qué ocurre en esta circunstancia? El proceso judicial continúa pese a su ausencia. Y en este caso, se ordenaron embargos y retención de un porcentaje de su salario. Pero si esto no fuera posible, se les puede reclamar a los abuelos y abuelas.

La demanda de alimentos puede prosperar aunque el papá o la mamá no se presente, no se los ubique o incluso hayan fallecido”, explicaron desde el fuero de Familia en Cipolletti.

En los casos en que las o los progenitores se ausentan o no se conoce su paradero, primero se practica “información sumaria”. Esta actividad implica realizar averiguaciones ante los organismos públicos como el Registro Nacional de las Personas, la Cámara Nacional Electoral, la Administración Federal de Ingresos Públicos o la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Cuando ninguna las averiguaciones arrojan resultados, las juezas de Familia pueden notificar la demanda por edictos y seguir adelante con el proceso.

Si la persona tiene bienes a su nombre o trabaja en relación de dependencia, se ordenan embargos o se notifica a la empleadora para que retenga un porcentaje de su salario y lo deposite en una cuenta judicial que se abre para el niño, niña o adolescente.

En lo que va del año, se publicaron cerca de 300 edictos del tipo Citación de Personas, algunos de ellos corresponden al fuero de Familia e incluyen procesos de divorcios, supresión de apellido y cuotas alimentarias, como el caso de Cipolletti.

En los expedientes en que no es posible ubicar a las y los progenitores, o que se acredita su fallecimiento, por ejemplo, el Código Civil y Comercial de la Nación habilita a solicitar alimentos a los abuelos y abuelas. Lo que se pretende es garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Además de las y los jueces de Familia, la defensa pública y la defensa de menores cumplen un rol preponderante en las causas por alimentos. Muchos de esos reclamos se resuelven a través de la mediación, que en Río Negro también es gratuita y obligatoria para determinados procesos.

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