2023-11-21

MANUEL ESTRADA Y PARAGUAY

Cruces de calles de doble mano: ¿quién es responsable en caso de accidente?

Algunas calles de la ciudad se van haciendo cada vez más complicadas porque el tránsito es mayor y muchos siguen manejándose como si fueran los únicos que están sobre la calzada. Pero más problemático se pone en las calles de doble mano “que no son avenidas”, como reiteran desde la dirección de Tránsito municipal. Y que muchas veces se cruzan.

Un ejemplo es lo que ocurre en Manuel Estrada y Paraguay. Una de las tantas esquinas conflictivas porque todos los que circulan entienden que tienen prioridad y encaran. A veces, eso sale mal. Como les pasó al conductor de un taxi Fiat Siena, y el de una moto Honda XR 250. Ninguno aflojó la velocidad cuando llegó a la esquina y el resultado fue inevitable: imapacto, daños varios y, al final, un juicio para determinar responsabilidades.

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La justicia civil tuvo en cuenta las pericias accidentológicas y las imágenes captadas por la cámara de seguridad de un comercio. En el fallo sostuvo que el taxista deberá indemnizar a los “motoqueros” (chofer y acompañante), pero le bajó el precio: le atribuyó un 70 % de responsabilidad al conductor del Fiat, y el otro 30 % al conductor de la moto.


La filmación permitió visualizar cómo en el transcurso de un segundo colisionaron la moto Honda XR 250 y el Fiat Siena. Ninguno disminuyó la velocidad.
Sobre el motociclista, el fallo hizo una advertencia ya que la pericia demostró que la cubierta trasera tenía un 50 por ciento de vida útil y la delantera estaba en mal estado, uno de los frenos no funcionaba y no poseía luces ni espejos. Esas circunstancias demostraron que el vehículo no se encontraba en condiciones óptimas de seguridad para circular.

 

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De la filmación del accidente también se advierte con claridad que el conductor de la moto no circuló con cuidado y prevención y lejos estuvo de considerar los riesgos de la circulación y el hecho de atravesar una encrucijada sin disminuir en lo más mínimo la velocidad.
Además surge de la misma grabación que el taxista tampoco disminuyó la velocidad para cruzar la intersección de las calles en las que se produjo el accidente “cuando un obrar prudente y preventivo lo establecían, además claro está de no haber cedido el paso a quien venía por su derecha”, surge del fallo que repartió las responsabilidades.

Entonces: en estos casos, la prioridad le corresponde al que viene por la derecha. Y para ingresar a un cruce de calles, la velocidad máxima permitida es de 30 km/h.

 

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