2024-02-27

Estuvo detenido cinco días y lo echaron del trabajo: ¿despido justificado o injustificado?

Un trabajador de una metalúrgica de Cipolletti permaneció cinco días detenidos por no cumplir con una disposición judicial y la empresa lo cesantó “con causa”. Justificó el despido en la cantidad de faltas acumuladas. El hombre recurrió a la justicia para que reconsidere la medida y la Cámara Laboral le reconoció que el despido fue injustificado.

 

En consecuencia, el empleador deberá compensar al trabajador con indemnizaciones por antigüedad, falta de preaviso, vacaciones no disfrutadas, integración del mes de despido y el sueldo anual complementario.

 

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El actor de la causa trabajaba en una metalúrgica cuando, en forma involuntaria, no cumplió con una normativa en un proceso judicial. Por esa razón, el juezo ordenó su arresto por cinco días. En esa circunstancia, advirtió a a su jefe mediante un mensaje de WhatsApp sobre el contratiempo. Pero durante su detención, la empresa le envió una carta documento avisándole de su despido. Una notificación que nunca recibió.

 


El despido se atribuyó a repetidas ausencias injustificadas, una acumulación de faltas que la empresa consideró justificaba su decisión. El trabajador inició un juicio laboral para impugnar su despido, sosteniendo que su arresto fue por causas ajenas a su voluntad e intentó comunicarlo a su empleador por todos los medios posibles.

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La Cámara Laboral de Cipolletti concluyó que la sanción del empleador fue desproporcionada, dada la ausencia de antecedentes disciplinarios del trabajador y la demostración de que su ausencia fue involuntaria. La falta de sanciones proporcionales fue considerada una infracción a las obligaciones legales laborales.

 

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