Escándalo en el Caso Mandagaray: el STJ anuló las condenas contra los instructores y ordenó un nuevo fallo
Escandalosamente, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló la sentencia que había confirmado las condenas de cuatro exfuncionarios policiales por abuso de autoridad y homicidio culposo, en el marco de la investigación por la muerte de Gabriel Mandagaray, durante un curso de entrenamiento policial en Bahía Creek.
El tribunal ordenó que se dicte un nuevo fallo, con un análisis más profundo de los argumentos planteados por las defensas. Se recuerda que por este caso había una pena de 4 años y 10 meses de prisión a Alejandro Gattoni, quien era el jefe del COER y coordinador general en el territorio. Se le sumó una inhabilitación para ejercer funciones policiales por el doble del tiempo, accesorias legales y costas.
En el caso de los instructores, Alfredo Nahuelcheo recibió la pena de 4 años y medio de prisión y el doble de tiempo de inhabilitación; Maximiliano Vitali Méndez 4 años y 3 meses de cárcel y 8 años de inhabilitación; y Marcelo Contreras 4 años y 3 meses de prisión y 7 sin poder ejercer funciones policiales.
La decisión del STJ dejó sin efecto la sentencia dictada por el Tribunal de Impugnación el 6 de noviembre de 2023, y dispuso que un nuevo tribunal, con distinta integración, realice una revisión integral y exhaustiva de la condena original. Las defensas de los imputados habían señalado, entre otros aspectos, la violación del principio de congruencia y la falta de fundamentación adecuada en la sentencia.
El caso gira en torno a las responsabilidades penales atribuidas a los exfuncionarios en relación con la muerte de Mandagaray, quien falleció por asfixia durante un ejercicio de entrenamiento llevado a cabo en condiciones extremas.
El STJ consideró que el Tribunal de Impugnación no evaluó adecuadamente los agravios planteados por las defensas y omitió un análisis profundo y razonado de las cuestiones legales y fácticas involucradas. En particular, el tribunal no examinó en detalle el principio de congruencia, es decir, si la sentencia condenatoria había introducido elementos no contemplados en la acusación original.
La sentencia del STJ también destacó la insuficiencia en la fundamentación del Tribunal de Impugnación respecto a los argumentos de las defensas sobre la correcta subsunción de los hechos bajo los tipos penales aplicados.
Para garantizar el derecho al doble conforme, todos esos planteos defensivos deberán ser analizados más profundamente por el nuevo tribunal.
Las partes
La fiscalía estuvo representada por el Fiscal General Fabricio Brogna y el fiscal del caso, Guillermo Carlos Ortiz. En cuanto a la defensa, el policía Alejandro Gabriel Gattoni fue defendido por los abogados Oscar Pineda, Pablo Iribarren y Fernando Ramoa. Marcelo Ariel Contreras contó con la asistencia del abogado Favio Martín Igoldi; Alfredo Roberto Nahuelcheo fue defendido por Manuel Maza y Luciano Perdriel; y Maximiliano Ariel Vitali Méndez por Ernesto Saavedra. Además, intervino el Defensor General Ariel Alice.
La querella, que representó a los querellantes Elsa Adriana Fabi, Antonio Jesús Mandagaray y Sofía Micaela Villalba, estuvo a cargo de los abogados Damián Torres y Claudia Pichiñan. El fallo del STJ fue unánime.