“Es lamentable que se necesite la foto de una mujer muerta para que se reconozca el femicidio”
Hace un año, un sujeto le disparó un balazo en el estómago a su pareja, una menor de 15 años, provocándole gravísimas heridas, de las que todavía se está recuperando. Para la fiscalía, el hecho fue un intento de femicidio. Pero los jueces tuvieron otro criterio y lo interpretaron como un caso de “lesiones graves calificadas”. Una diferencia que se verá a la hora de determinar la pena.
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La mamá de la víctima cuestionó la definición. “Es lamentable que se necesite una foto de una mujer muerta para que se reconozca el femicidio en nuestro país”, puntualizó. Y enfatizó que que su hija sufre trastornos de ansiedad y otros problemas psicológicos como resultado del violento episodio. “Ella sigue lidiando con las secuelas de lo ocurrido, tanto físicas como emocionales”, indicó.
El dramático episodio se produjo el 1 de diciembre del año pasado en Cinco Saltos. Foto: archivo.
El agresor, un joven de 20 años, fue encontrado culpable de provocar “lesiones graves calificadas por la relación de pareja y en contexto de violencia género, más la agravante del uso de arma en concurso real con tenencia ilegal de arma”. Ese delito tiene una pena mínima de 4 años y una máxima de 12. La audiencia de cesura se realizará la semana que viene.
El ataque se produjo el 1 de diciembre del año pasado en una vivienda del barrio 48 Viviendas, de Cinco Saltos. Durante el juicio, se pudo determinar que el arma fue disparada mientras estaba apoyada contra el abdomen de la adolescente. Sufrió doble perforación del intestino y el proyectil quedó alojado contra la columna vertebral y tuvo que ser operada en dos oportunidades. Pero las secuelas físicas y psicológicas persisten: sufre ataques de ansiedad y otros trastornos.
Para la mamá, “no hay duda de que fue intencional y no un accidente”. Los fiscales Leandro López y Daniela Ramírez lo acusaron de “femicidio en grado de tentativa”, planteando que el hombre disparó con el propósito de matar a la adolescente. Por su parte, el defensor particular Manuel Crespo sostuvo la hipótesis de un accidente y sugirió la intervención de una “tercera persona”, aunque no presentó demasiados fundamentos.
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No hubo juicio por jurados: ya previamente se había fijado el criterio de que la pena no va a superar los 12 años de prisión. Y el tribunal colegiado integrado por Guillermo Baquero Lazcano, Alejandra Berenguer y Guillermo Merlo, consideró que el acusado es “culpable” de “lesiones graves calificadas”.
La semana que viene se realizará la audiencia de cesura, en la que los jueces determinarán la pena que deberá cumplir y la fundamentación de su resolución.