Violó a una compañera de estudio: el TSJ rechazó recurso extraordinario y deberá cumplir la condena
El Tribunal Superior de Justicia rechazó el recurso extraordinario federal que presentó la defensa de un joven condenado por la violación de su compañera de estudios y en consecuencia, deberá purgar la condena de seis años y cuatro meses de prisión efectiva. El hecho se produjo en octubre de 2021 en el domicilio del imputado, en Cinco Saltos.
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En ese momento, el victimario tienía 19 años; mientras que la víctima tenía 17. Ambos cursaban el mismo curso en un colegio saltense y tenían que realizar un trabajo práctico de historia. Según se probó durante el juicio, el adolescente aprovechó que se encontraban solos, la tomó por la fuerza, la despojó de sus ropas y la violó.
El joven había sido considerado culpable de "abuso sexual con acceso carnal" por un tribunal de Cipolletti. Foto: archivo.
La menor se marchó de esa vivienda, y tras conversar con una amiga y con su madre, decidieron presentar la denuncia en la comisaría y en la fiscalía descentralizada de Cinco Saltos. El 7 de marzo de este año, el tribunal que conformaron los jueces Florencia Caruso, Guillermo Merlo y Marcelo Gómez consideró por unanimidad que no existió una relación consentida – como pretendió la defensa -, y que hubo “un abuso sexual con acceso carnal”.
La sentencia fue sucesivamente apelada por la defensa del joven: ante el Tribunal de Impugnación y el Superior Tribunal de Justicia, cosechando sucesivos rechazos y la confirmación del fallo inicial.
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El último recurso que le quedaba era una apelación a través de un recurso extraordinario federal para llegar a la Corte Suprema de Justicia. Adujo que el TSJ introdujo un examen de admisibilidad que alteraba el sistema procesal, “afectando el derecho de defensa y el debido proceso”.
Al analizar la situación, el Superior Tribunal de Justicia condieró que el recurso no cumplió con los requisitos formales, como una fundamentación precisa de los agravios cometidos en la instancia provincial y la necesidad de una revisión superior. En un fallo que se aprobó por mayoría, el cuerpo colegiado estableció que la defensa no pudo establecer “una conexión clara entre las normas invocadas y el caso en cuestión, ni presentó las transcripciones necesarias de las normas a las que hacía referencia”.