2024-11-08

El STJ rechazó la apelación y tendrá que ir a prisión por un abuso sexual

Se empezó a aplicar el nuevo Código de Procedimientos de la provincia

Un tribunal de Cipolletti dispuso la prisión preventiva para un hombre condenado a 12 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado, luego de que se agotaran las instancias de apelación en el ámbito provincial. Se constató en la audiencia el peligro de fuga, ya que el hombre alterna domicilios entre el Alto Valle y la Cordillera, región en la que acumula otras denuncias. Se consideró además la cercanía con los pasos limítrofes.

 

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El sujeto fue juzgado y condenado por un hecho ocurrido en el ámbito familiar: ejerciendo violencia física y psicológica forzó a la mujer – que en ese momento era su esposa -, a tener relaciones sexuales. La mujer realizó la denuncia en forma inmediata y las lesiones que había sufrido fueron clave a la hora de condenarlo.

 

La sentencia fue confirmada por un Tribunal de Impugnación y el Tribunal Superior de Justicia. Y si bien todavía le queda el recurso de acudir a la Corte Suprema, la fiscalía y la querella solicitaron la medida cautelar argumentando el riesgo de fuga. Teniendo en cuenta la proximidad de pasos fronterizos y los frecuentes cambios de domicilio del condenado, sumado a la magnitud de la condena, resultaba necesario asegurar el cumplimiento efectivo de la condena.

 

El sujeto deberá continuar con prisión preventiva mientras intenta llevar su causa ante la Corte Suprema de la Nación. Foto: archivo.

 


Según consta en la resolución que dispuso la prisión preventiva, el condenado declaró tener residencias temporales tanto en El Bolsón como en una localidad del Alto Valle, sin un domicilio fijo, lo que dificultaría su control.

La defensa solicitó que, en caso de imponerse la medida, esta se cumpla en forma domiciliaria en la vivienda de su hermana, debido a que el condenado es el único sostén de familia.

Sin embargo, el tribunal, tras evaluar los elementos del caso, concluyó que el acusado no cuenta con un arraigo estable, y que el constante cambio de domicilios plantea un riesgo de fuga. Asimismo, se constató que el condenado enfrenta otra causa judicial en El Bolsón por desobediencia a una orden y otros delitos similares. Ante estos elementos y el peligro procesal, el tribunal ordenó la prisión preventiva efectiva y su traslado a un establecimiento penitenciario.

 

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El tribunal aplicó el artículo 109 bis, recientemente incorporado al Código Procesal Penal mediante la última reforma sancionada por la Legislatura provincial. Este artículo permite dictar la prisión preventiva de una persona condenada a pena de cumplimiento efectivo cuando la sentencia haya agotado la vía recursiva local, con el fin de asegurar el cumplimiento de la condena. La petición se basa en el riesgo de fuga y en que el propio fallo condenatorio puede ser considerado como un factor que aumenta dicho peligro.

El imputado fue condenado por un tribunal de juicio de Cipolletti en diciembre de 2023. El Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia en junio de 2024 y el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en septiembre. Solo queda la instancia ante la Corte Suprema. Se verifica en el caso que la reforma procesal penal aceleró los plazos y que los casos se resuelven en menos de un año, con la instancia recursiva incluida.

 

 

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