DERECHO A LA IDENTIDAD:
Un padre reclamó la filiación de su hija y logró que lleve su apellido
Un vecino de Cipolletti recurrió a la justicia de Familia para conseguir que la hija – nacida después de la separación de la pareja – fuera reconocida y llevara su apellido. La magistrada destacó la necesidad de considerar el interés superior de la niña y su derecho a la identidad, al igual que su hermanito mayor.
Leé también: Derecho a la identidad: una mujer pidió cambiar su apellido porque no era hija biológica
Según relató en el trámite judicial, se enteró del embarazo pocos meses después de la separación, a través de unos amigos en común. Inmediatamente intentó vincularse, incluso judicialmente, pero la madre se negó.
A pesar de sus pedidos, la niña fue inscrita únicamente con el apellido materno. Entonces, inició una demanda de filiación para que su hija llevara también su apellido.
El hombre expresó que se sintió excluido del embarazo y del proceso de inscripción de su hija. Sostuvo que, cuando finalmente pudo conocerla, intentó llegar a un acuerdo con la madre para modificar el apellido, pero no obtuvo respuesta. El intento de mediación finalizó sin acuerdo. También mencionó que la niña fue bautizada sin que se incluyeran sus datos como progenitor.
El padre recurrió a la justicia para lograr que la niña llevara su apellido, igual que el hermanito mayor. Foto: archivo.
Por su parte, la madre de la menor argumentó que el reconocimiento paterno se realizó cuando la niña ya tenía cinco meses y que se produjo después de la inscripción en el Registro Civil. Como alternativa, propuso que el apellido paterno se incorporara en segundo lugar.
La jueza interviniente resolvió hacer lugar al pedido del padre. Fundamentó su decisión en el Código Civil y Comercial, que establece la posibilidad de elegir el apellido de uno de los progenitores y agregar el del otro si hay acuerdo entre ambos.
En este caso, consideró que el interés superior de la niña no se vería afectado por la modificación y que, al ser menor de edad, no tenía la autonomía suficiente para tomar una decisión fundada sobre su identidad.
Seguí leyendo: Día del derecho a la identidad: cómo se recuerda en la región
La magistrada aclaró que la única posibilidad de rechazar la demanda sería si la propia niña manifestara su oposición al cambio. Sin embargo, esto era imposible, ya que la bebé tenía solo un año.
De este modo, se dispuso que la menor fuera inscrita con el apellido de su padre en primer término, en concordancia con su hermano mayor.