2025-02-21

Ratificaron la condena por fraude a un ex funcionario municipal

El STJ rechazó la última instancia presentada por la defensa de Diego Martín Palacios, exsecretario de Obras y Servicios Públicos.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó un recurso de queja presentado por la defensa de Diego Martín Palacios, exsecretario de Obras y Servicios Públicos de Cinco Saltos, y confirmó la condena en su contra por defraudación a la administración pública. Con esta decisión, quedó cerrada la vía extraordinaria intentada para revertir el fallo.  

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Palacios había sido condenado a tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación especial para ocupar cargos públicos, tras un juicio realizado en Cipolletti. Según la acusación, direccionó la compra de adoquines para la construcción de una avenida en favor de la empresa Nalozano S.A., con la que tenía un vínculo previo. La Fiscalía sostuvo que la firma recibió el pago total sin entregar la cantidad pactada ni cumplir con los estándares de calidad requeridos.  

A lo largo del proceso, la defensa intentó revertir la condena mediante una impugnación ordinaria, que fue rechazada. Luego, solicitó una revisión extraordinaria, que tampoco prosperó. Finalmente, presentó un recurso de queja ante el STJ, argumentando que se había invertido la carga de la prueba y que la valoración de los testimonios era errónea. Sin embargo, el máximo tribunal provincial consideró que el planteo no cumplía con los requisitos formales ni jurídicos necesarios.  

El fallo del STJ remarcó  que las críticas expresadas por la defensa carecían de sustento legal y que solo manifestaban una discrepancia subjetiva con la sentencia. Además, ratificó que las pruebas presentadas durante el juicio demostraban la maniobra fraudulenta: Palacios favoreció a una empresa sin capacidad para cumplir con la provisión de adoquines y, según la acusación, parte del dinero fue utilizado para comprar una máquina de fabricación de adoquines, que terminó en su poder.  

Con este rechazo, la condena dictada en primera instancia quedó firme, cerrando la posibilidad de nuevos recursos para modificar el fallo.

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