Confesó su culpabilidad en el incendio que provocó la muerte de un joven
Federico Costich reconoció su culpabilidad en la causa por el homicidio de Nazareno Jara, ocurrido en marzo del año pasado. El violento sujeto había encerrado a su familiar en el piso superior de la vivienda y luego le prendió fuego. También estaba siendo juzgado por las lesiones provocadas contra su pareja, en el mismo domicilio pero dos días antes. Costich aceptó la instancia del “juicio abreviado”, en la que aceptó la responsabilidad penal de ambos hechos.
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En una próxima instancia se realizará la audiencia de cesura, en la que se estipulará la condena que recibirá. Según el Código Penal, ante un incendio doloso que provoque una muerte, la pena será de entre 8 y 20 años de prisión. En el caso de la agresión a la mujer, se considerarán al menos dos delitos agravados por el vínculo y el contexto de violencia de género: lesiones y privación ilegítima de la libertad, que podrían sumar otros 10 años de prisión.
El juez Juan Guaita homologó el acuerdo de responsabilidad penal, y habilitó a que se realice la cesura para debatir el monto final de la condena. La fiscalía, como la querella y la defensa, acordaron que el procedimiento abreviado era la mejor solución para resolver la responsabilidad penal en el caso
El imputado Costich confesó su culpabilidad. Puede recibir una condena de entre 20 y 30 años de cárcel. Foto: gentileza.
La fiscal Lucrecia Sola explicó que los dos hechos por los que se acordó la responsabilidad fueron cometidos en días distintos. El primero fue el 24 de marzo de 2024, aproximadamente a las 3 de la madrugada. Costich atacó con golpes en el rostro a la joven, al tiempo que la pisaba en su abdomen y extremidades. Luego tomó un insecticida y, mientras la rociaba a la altura de la cabeza, prendió un encendedor, generando llamas que alcanzaron el rostro de la víctima y le provocaron quemaduras. Luego, Costich cerró la puerta y trabó el portón con una barreta.
El hecho se dio en un contexto de violencia de género, en la cual el condenado se encontraba en una relación de superioridad respecto de la mujer, aprovechándose de su estado de vulnerabilidad, dada a partir de la diferencia de edad y de una situación de consumos problemáticos que la víctima atravesaba.
Sola calificó lo ocurrido como lesiones leves, doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegal de la libertad, también agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas y por el vínculo.
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El segundo hecho se produjo dos días más tarde, el 26 de marzo de 2024, en la misma vivienda. Costich se encontraba con su pareja y un joven de su entorno familiar, Nazareno Jara. Luego de haber consumido cocaína y alcohol y tras una discusión con el varón, Costich le ordenó que se fuera a dormir a la parte superior de la casa. Luego, junto a mujer, se retiró de la vivienda para ir a comprar bebidas alcohólicas.
Al retornar a la casa, el condenado prendió fuego a la casa, donde en la planta alta estaba la víctima. “El incendio se propagó rápidamente, y habiendo el imputado sacado a la mujer hacia el exterior, permaneció en la plaza de enfrente hasta que llegaron los bomberos”, relató la fiscal del caso, y explicó que Nazareno Jara, quien quedó en el interior de la vivienda, falleció como consecuencia del incendio.
En este caso, Sola encuadró el hecho en el delito de estrago doloso seguido de muerte.