2025-08-07

Compró una pileta, se rompió al llenarla y terminó en juicio: la odisea de una familia de Cipolletti

Una vecina contrató a una empresa para instalar una pileta de fibra de vidrio, pero el resultado fue un desastre: filtraciones, roturas y fallas estructurales. Ante la falta de respuestas, recurrió a la Justicia, que le dio la razón y ordenó una indemnización por daños materiales y morales.

Lo que comenzó como una ilusión de verano terminó en una pesadilla judicial. Una mujer de Cipolletti decidió instalar una pileta de fibra de vidrio en su casa, pero apenas fue colocada por la empresa Fibras del Valle S.R.L., notó que algo andaba mal: la estructura sobresalía del suelo y presentaba una rotura visible. Lo reportó de inmediato, aunque los problemas solo fueron en aumento.

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Con el correr de los días, las paredes comenzaron a deformarse, aparecieron filtraciones y la bomba de agua dejó de funcionar correctamente. Frente a la falta de soluciones claras por parte de la empresa, la mujer decidió reparar la pileta por su cuenta y luego inició una demanda judicial.

El fuero civil de Cipolletti le dio la razón. En una sentencia de primera instancia, que aún no está firme, se ordenó a la empresa indemnizarla por los daños y perjuicios. El fallo concluyó que la pileta presentaba “vicios de instalación” y que la empresa no cumplió con sus obligaciones contractuales ni con el deber de asistencia posterior a la entrega.

Durante el proceso judicial, se sumaron diversas pruebas técnicas. Una constatación notarial documentó múltiples grietas en la estructura. Además, una pericia arquitectónica confirmó que las fallas se debieron a una mala compactación del terreno, lo que provocó deformaciones, zonas ahuecadas y riesgo de pérdida de agua.

También se valoró una pericia informática que recuperó los mensajes que la clienta envió a la empresa desde el primer día, con fotos, audios y textos que demostraban los desperfectos. Esa comunicación fue considerada válida como prueba de notificación.

El fallo reconoció el derecho de la mujer a ser resarcida tanto por los gastos que afrontó para reparar la pileta como por el daño moral derivado del malestar emocional, la incertidumbre y las dificultades sufridas en el proceso.

La empresa, por su parte, argumentó que la instalación se realizó de forma correcta y que no recibió reclamos dentro del plazo legal. Sin embargo, el tribunal desestimó esa defensa, destacando que los reclamos fueron inmediatos y que no se ofrecieron soluciones eficaces.

Aunque la sentencia puede ser apelada, el caso sienta un precedente importante en la región sobre la responsabilidad de las empresas frente a productos defectuosos y la validez de los reclamos realizados por medios digitales.

 

 

 

 

 

 

 

 

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