2025-10-20

Pidió la baja del cable y le cobraron 14 meses más: condenaron a la empresa por maltrato al consumidor

Un vecino de Roca debió recurrir a la Justicia luego de que la empresa siguiera debitando el servicio de TV a pesar de haber solicitado la baja. El fallo civil responsabilizó a Telecom Argentina S.A. por no brindar información clara ni trato digno al cliente.

Un hombre de General Roca decidió dar de baja su servicio de televisión por cable. Realizó el trámite de manera personal en la sucursal local de Telecom Argentina S.A., tomó nota del número de gestión y se retiró del local con la certeza de haber finalizado el vínculo contractual. Sin embargo, su sorpresa llegó al comprobar que, durante más de un año, la empresa continuó debitando las facturas mensuales de su cuenta bancaria.

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En total, fueron 14 facturas cobradas sin consentimiento, pese a los reiterados reclamos del usuario, que exigía el reintegro del dinero. Ante la falta de respuestas satisfactorias, decidió iniciar una demanda por daños y perjuicios en el fuero Civil de Río Negro.

El tribunal dio la razón al consumidor y condenó a Telecom Argentina S.A., al considerar que la compañía no brindó un trato digno ni información adecuada, vulnerando los derechos del usuario y prolongando de manera injustificada la resolución del conflicto.

Durante el proceso judicial, la empresa reconoció que el cliente había solicitado la baja, pero argumentó que pocos días después habría pedido la reactivación del servicio. Según esa versión, el contrato continuó vigente por un año y dos meses más.

Sin embargo, la jueza desestimó esa defensa. Señaló que Telecom no presentó documentación que acreditara la supuesta recontratación ni un contrato actualizado, y destacó que incluso la propia empresa reconoció un saldo a favor del usuario por “ajustes en la facturación indebida”.

En su fallo, la magistrada remarcó que “el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar pruebas”.

Un peritaje informático fue determinante: reveló que existió una solicitud telefónica de anulación del servicio, y que en los registros internos de la empresa figuraba la expresión “no lo quiere”, confirmando que el cliente efectivamente había pedido la baja.

De esta forma, la Justicia volvió a poner el foco en la responsabilidad de las grandes compañías de telecomunicaciones en el cumplimiento de los derechos de los consumidores, especialmente en lo que respecta a la claridad, transparencia y respeto en la atención al cliente.

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