2025-11-26

Cinco años sin verla: fallo de Cipolletti le quita la responsabilidad parental al padre

El juzgado de Familia resolvió quitarle al progenitor la responsabilidad parental tras constatar que no mantuvo vínculo alguno con su hija desde que ella tenía un año.

Un juzgado de Familia de Cipolletti dispuso quitarle a un hombre el ejercicio de la responsabilidad parental luego de confirmar que estuvo completamente ausente de la vida de su hija desde que la niña tenía un año. Los informes técnicos, el testimonio de la menor y la falta de intentos reales de revinculación fueron determinantes para acreditar el abandono. La madre quedó a cargo de manera exclusiva y se autorizó que la niña pueda viajar al exterior con ella

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Durante los primeros años de vida de la niña, el progenitor no la buscó, no la vio ni realizó consultas sobre su bienestar. Cuando la menor cumplió cinco, su madre decidió acudir a la Justicia y solicitó formalmente que se lo privara del ejercicio de la responsabilidad parental, amparándose en el artículo 700 del Código Civil y Comercial, que contempla esta medida ante situaciones de abandono o riesgo para el niño.

La mujer se presentó con el acompañamiento de la Defensora Pública y una defensora adjunta. Explicó que la relación con el hombre se había terminado en 2021, luego de que él fuera denunciado penalmente por un hecho ocurrido con otra de sus hijas. Ese proceso culminó en una condena que aún no está firme. Desde entonces, afirmó, el progenitor desapareció por completo de la vida de su hija menor.

En su presentación, la madre sostuvo que la ausencia sostenida vulneró los derechos de la niña y que, aun cuando la víctima del proceso penal fue otra persona, el hombre representaba un riesgo. Señaló que la menor creció sin contacto con su padre ni con la familia paterna.

A través de sus representantes, el hombre negó las acusaciones. Aseguró que siempre cumplió con la cuota alimentaria y que la madre habría impedido los encuentros familiares. Dijo que intentó acercarse y que participó de mediaciones, aunque sin avances.

Sin embargo, los informes sociales aportaron una visión distinta. Los equipos técnicos confirmaron que el hombre no mantenía vínculo alguno con su hija desde hacía años, y que esa desconexión también se replicaba en la familia paterna. En cambio, los profesionales describieron un hogar materno organizado en torno a los cuidados cotidianos, con una presencia constante y protectora.

Un aspecto clave surgió durante la evaluación del progenitor: los especialistas advirtieron que su discurso carecía de afecto hacia la niña, que dudaba incluso de su paternidad y que calificaba como “injusto” el descuento salarial por la cuota alimentaria. Para el equipo, sus expresiones reflejaban la falta de deseo de establecer un vínculo.

El expediente incorporó además el testimonio de la niña, brindado en una audiencia con intervención de la Defensora de Menores. A partir de esa declaración, el juzgado ordenó un informe del Equipo Técnico Interdisciplinario para determinar si existía alguna posibilidad de acercamiento.

Al momento de resolver, la jueza valoró la ausencia total del progenitor desde que la menor tenía un año, la inexistencia de gestiones reales para restablecer el vínculo y el impacto que esa falta de contacto tuvo en la vida de la niña. Señaló que el cumplimiento de la cuota alimentaria, si bien obligatorio, no alcanza para revertir un abandono que se sostuvo en el tiempo de manera voluntaria.

Con todos los elementos reunidos, el juzgado decidió privar al hombre del ejercicio de la responsabilidad parental. La madre quedó a cargo de forma exclusiva y se autorizó que la niña pueda viajar al exterior con ella, o con quien designe, hasta que alcance la mayoría de edad.

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