2025-12-17

Accidente en la Ruta 151: ni la moto ni la camioneta quedaron exentas de responsabilidad

La Justicia concluyó que ambos infringieron normas de tránsito y fijó una responsabilidad del 50% para cada parte.

Un accidente ocurrido sobre la Ruta Nacional 151, en sentido hacia Cipolletti, terminó con un fallo judicial que determinó responsabilidades compartidas entre una motocicleta y una camioneta involucradas en el siniestro.

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El hecho se produjo cuando una pareja que circulaba en moto impactó contra una camioneta que cruzó la calzada para ingresar al puente conocido como “La S”. Como consecuencia del choque, ambos ocupantes del rodado menor cayeron al asfalto y sufrieron diversas lesiones.

Tras el accidente, iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra el conductor de la camioneta y su aseguradora. Reclamaron una indemnización por lesiones físicas, gastos médicos, reparación del vehículo, privación de uso y daño moral.

Según relataron los motociclistas, la camioneta habría realizado una maniobra repentina, sin señalizar, lo que les impidió frenar a tiempo. El impacto se produjo desde atrás y provocó la caída de ambos y la destrucción del rodado.

El conductor de la camioneta, en cambio, rechazó esa versión y aseguró que fue embestido desde atrás mientras circulaba normalmente. Atribuyó el choque a una conducción imprudente de la moto, con exceso de velocidad y falta de distancia de seguridad.

Durante el juicio se incorporaron testimonios, pericias técnicas y actuaciones policiales. El informe accidentológico confirmó que la moto colisionó contra la parte trasera de la camioneta, aunque no logró establecer con precisión cómo se desarrolló la maniobra previa al impacto. La pericia médica tampoco fue concluyente en todos los puntos, y en uno de los casos no se pudo acreditar el nexo entre las lesiones denunciadas y el accidente.

La jueza consideró que ambos conductores infringieron normas de tránsito y que no existió una causa única del siniestro. Determinó que las conductas de los dos contribuyeron al choque y fijó una responsabilidad compartida del 50% para cada parte.

La sentencia reconoció una incapacidad física parcial en una de las personas que viajaba en la moto, además de gastos médicos, daño emergente por la reparación del vehículo, una compensación por la privación de uso y daño moral. Para la otra persona, se rechazó el reclamo por incapacidad, aunque se otorgó una suma menor en concepto de daño moral.

El conductor de la camioneta y su aseguradora deberán afrontar el pago del 50% del total de los daños reconocidos. El fallo es de primera instancia y aún puede ser apelado.

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