Droga del delfín y el peón de ajedrez: una mujer fue condenada a cuatro años de prisión
l Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca condenó a Karen Molina de 26 años a cuatro años y medio de prisión por transportar siete kilos de cocaína en un colectivo que viajaba desde Allen a Bariloche. La droga estaba marcada con los sellos del delfín y del peón de ajedrez, relacionadas a “El Patrón del Norte”, un capo narco de Bolivia.
Los hechos se sitúan entre julio y agosto de 2024, cuando Molina quedó bajo investigación tras una diligencia del Juzgado Federal que contó con tareas de campo, registros fílmicos e intervenciones telefónicas.
A partir de esas investigaciones, se detectó una serie de viajes regulares a la ciudad de San Carlos de Bariloche con el objetivo de transportar estupefacientes, en los que también habrían participado otras personas que aún están siendo investigadas en causas conexas.
El tribunal compuesto por Alejandro Silva, Simón Bracco y Marcos Aguerrido, consideraron que Molina fue autora material responsable del delito de transporte de estupefacientes.
Si bien la defensa planteó la tesis de que en el caso se había configurado la tentativa del delito, argumentando que el colectivo solo había recorrido 20 metros hasta la interceptación policial, los magistrados consideraron que el crimen se había consumado. “Es un delito de carácter permanente que se consuma apenas es emprendido, sin requerir que la droga llegue a destino” expuso con anterioridad el fiscal Frezzini.
A su vez, la fiscal sostuvo que era inverosímil que la imputada desconociera el contenido ilegal que llevaba en la valija y que las escuchas telefónicas, donde se hablaba de estupefacientes y de un pago de 500.000 pesos por el acarreo, confirmaron su conocimiento de lo que transportaba.
Dada la cantidad de cocaína, unos 7,140 kilogramos, y la calidad valuada en el mercado por más de 15.000 dólares por kilogramos, también se consideró probada la “ultraintención”. Al respecto, el fiscal sostuvo que “el transporte tenía como fin la entrega a otra persona en la ciudad de San Carlos de Bariloche, indicando su ingreso al tráfico ilícito de estupefacientes como parte de una estructura criminal”.
Por todo esto, el tribunal consideró que se configuró delito de transporte de estupefacientes y el juez Silva indicó que “la calificación atribuida por el Ministerio Público Fiscal es la adecuada al caso”.
En el mismo sentido, recordó que la Cámara Federal de Casación Penal ha establecido en casos similares, que el delito de transporte de estupefacientes se configura por el solo hecho de que el agente se desplace, aun por un lapso mínimo, portando la droga.
Explicó que la condenada “arribó al lugar, trasladándose desde un punto incierto en posesión del material” para luego realizar un ´trasbordo´ desde un vehículo particular a un micro de larga distancia.
En tanto, los jueces Bracco y Aguerrido adhirieron al voto del colega, pero el primero de ellos añadió que el dolo de tráfico también se argumentaba en “la profusa intervención de Molina en distintos traslados de estupefacientes a la misma localidad cordillerana”.
Además, resaltó la actitud asumida por Molina al momento de ser aprehendida, ya que “intentó destruir su equipo de telefonía celular arrojándolo contra el piso, precisamente por la información que de él podría llegar a obtenerse”.