2026-01-13

APLICABLES A PARTIR DE ESTE MES

Aumentaron las multas para las ART y empleadores autoasegurados

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por Resolución 1/26 (B.O. 5/1/26), adecuó y actualizó el indicador para el cálculo de las multas.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo ha introducido cambios significativos en la penalización por incumplimiento de las obligaciones relacionadas con los riesgos del trabajo. Estos cambios comenzaron a regir a partir del 1 de enero de 2026, según lo establecido por la Resolución 1/26, publicada en el Boletín Oficial. 

Este ajuste, que se realiza mensualmente, tiene como objetivo mantener actualizados los valores de las sanciones para aquellos empleadores que optan por autoasegurarse, así como para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y las compañías de seguros de retiro que no cumplen con sus compromisos específicos. El enfoque es claro: asegurar que las entidades cumplan con las normativas vigentes que protegen a los trabajadores de posibles riesgos ocupacionales.

El valor establecido para la nueva multa es de $76.845,85. Este monto se basa en parámetros determinados en el primer párrafo del artículo 15 del Decreto 1.694/09, y se encuentra alineado con las indicaciones de la Resolución 381/25 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Esta cifra no es arbitraria, representa un esfuerzo por seguir estándares reguladores que promuevan un ambiente laboral seguro y regulado.

Las multas tienen un papel fundamental en la estructura del cumplimiento de la normativa laboral, actuando como un punto de disuasión ante la negligencia y fomentando la implementación de medidas de seguridad que salvaguarden a los empleados en sus lugares de trabajo. Esta actualización responde a la necesidad de reflejar los cambios inflacionarios y las responsabilidades sociales adoptadas por las empresas.

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