La ANMAT prohibió una pomada contra dolencias y productos para el cabello
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha tomado una decisión significativa al prohibir en toda la Argentina el uso, distribución y comercialización de una popular pomada mentolada, reconocida por su efectividad en tratar una variedad de dolencias y malestares. La disposición afecta a Mentisan, un ungüento de origen boliviano, ampliamente utilizado en el país.
La medida fue oficializada a través de la Disposición 128/2026, como se indicó en el reciente Boletín Oficial. Según informó la ANMAT, la Dirección de Gestión de Información Técnica determinó que este producto no cuenta con un expediente de inscripción válido en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), un requisito esencial para su comercialización legal en Argentina.
Mentisan es conocido por su amplia gama de usos, incluyendo el alivio de resfriados, catarros, irritaciones cutáneas, heridas menores, contusiones, cortes, picaduras de insectos. También se utiliza como inhalante y para el tratamiento de los labios agrietados. Adicionalmente, reporta beneficios como analgésico para dolores reumáticos, neurálgicos y cefaleas.
La ANMAT considera que, dada su falta de registro oficial, el producto debe clasificarse como un medicamento no autorizado. Actualmente, no se dispone de información sobre su origen exacto ni sobre las condiciones bajo las cuales se fabrica. Por lo tanto, se percibe como un potencial riesgo para la salud de las personas que pudieran consumirlo.
En vista de estas inquietudes, y atendiendo a las recomendaciones del Servicio de Fiscalización de Cadena de Distribución, se determinó la prohibición total de su uso y comercialización a nivel nacional.
También, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó acerca del riesgo alrededor de un grupo de productos para el pelo. En este marco, la entidad avanzó con la prohibición del uso, la venta, la publicidad y distribución de una serie de elementos.
La Disposición 136/2026 hace referencia a los cosméticos capilares, que refiere a una extensa lista de productos de la marca SUAD, luego de que se detecte que no tenían el registro correspondiente. En detalle, no contaban con inscripción sanitaria y no tenían antecedentes en la base oficial de cosméticos inscriptos.
Algunos de los productos indicados eran alisadores para el cabello, donde la ANMAT hizo especial énfasis. Al no contener registro detallado, se sospecha acerca de la presencia de formol, una sustancia que no está autorizada como principio activo alisante.