2026-02-12

Mató al hermano de un balazo y lo condenaron por exceso en legítima defensa

Los familiares y la madre de los dos atestiguaron que hubo una discusión y una agresión previa.

Un hombre que mató a su hermano de un balazo luego de los festejos de Navidad de 2024, fue condenado a tres años de prisión en suspenso al llegar a un acuerdo de juicio abreviado. En el proceso hubo un cambio de carátula fundamental: de homicidio pasó a ser “exceso en legítima defensa”. Los testigos del hecho – todos familiares de los dos protagonistas del hecho, incluyendo la propia madre -, precisaron que hubo una discusión y una agresión previa.

 

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La situación se desencadenó durante la madrugada del 25 de diciembre de 2024 en una vivienda del barrio del Alto, en Centenario. Daniel Villablanca (19) y Ernesto Omar Canales (32)– hermano por parte de madre -, tuvieron una discusión que se fue haciendo cada vez más violenta. La pelea continuó en la vereda y terminó con Villablanca realizado el disparo que alcanzó a su hermano a la altura del torax. Canales murió poco después.

Villablanca, que en ese momento tenía 19 años, escapó del lugar; pero horas después se entregó detenido en la comisaría 52°.

Al acordar la realización de un juicio abreviado, las partes coincidieron en que existió una agresión ilegítima previa: tras la discusión, el imputado se dirigió a su habitación, hasta donde lo fue a buscar la víctima, que según los testigos portaba un arma.

Luego salieron a la calle, donde la respuesta defensiva del imputado excedió los límites de la necesidad y la proporcionalidad, lo que configuró un homicidio con exceso en la legítima defensa. Este tipo de encuadre mantiene la intención del autor, pero atenúa la responsabilidad penal y reduce la sanción aplicable.

En función de ello, el juez de garantías Juan Manuel Kees homologó el acuerdo y Villablanca fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional, quedando sujeto al cumplimiento de reglas de conducta.

 

 

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