Violento choque en Pastor Bowdler y José María Paris: quién tenía razón
La esquina ha sido escenario de varios choques en los últimos años. En esta ocasión, un Renault Logan blanco – que cumplía funciones en la empresa ServiTaxi -, transitaba a alta velocidad por la José María París, y colisionó violentamente contra un Fiat Línea que venía por Pastor Bowdler. El resultado final: un largo juicio para determinar las responsabilidades civiles y quién debe hacerse cargo de los daños materiales.
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La primera situación para considerar era quién tenía la prioridad de paso: el Fíat Línea venía en sentido norte – sur (hacia el centro); mientras que el taxi lo hacía en dirección este – oeste. El auto particular venía por la derecha; pero además, estaba la situación que ratificaron numerosos testigos: el Logan marchaba a “muy alta velocidad”.
El taxi blanco impactó sobre el lateral delantero izquierdo del Fiat Línea. Tras ese choque, el Fiat hizo un giro y terminó desplazado hacia el cordón. El Renault siguió su recorrido, atravesó la reja de una vivienda de la esquina y terminó dentro del inmueble.
Esa escena, que el testigo describió ante el juez Civil, coincidió con otras pruebas del caso. El informe del Gabinete de Criminalística de la Policía de Río Negro aportó el acta del hecho, el croquis y las fotos tomadas en el lugar. Todo ese material confirmó la posición final de los vehículos, el punto de impacto y el recorrido que siguió cada rodado después de la colisión.
Qué dijeron los testigos
También declaró otra serie de testigos que llegó al lugar poco después del incidente vial y encontró el mismo cuadro: el Fiat Línea dañado sobre la esquina y el Renault Logan dentro de una vivienda. A eso se sumó una pericia mecánica que reconstruyó la secuencia del choque y sostuvo que la mecánica relatada en la demanda resultó verosímil. Según esa pericia, el Fiat Línea circulaba por Pastor Bowdler y el Renault Logan lo hacía por José María París cuando se produjo el impacto en la encrucijada.
Con esa base, el magistrado examinó la responsabilidad civil. El fallo aplicó el régimen de responsabilidad objetiva previsto para daños causados por la circulación de vehículos. En ese esquema, una vez acreditada la intervención del automotor en el hecho y el daño provocado, la carga pasa a la parte demandada, que debe demostrar una causa ajena para quedar liberada. En este expediente, el titular registral del Renault Logan negó los hechos, pero no acreditó ninguna causal de exoneración.
El Fiat quedó contra la vereda. Los costos de reparación eran superiores a los de reposición, dijo el juez. Foto: gentileza.
La sentencia
La sentencia señaló que la intervención del vehículo y el nexo causal quedaron probados. Por eso, atribuyó responsabilidad al titular registral del Renault Logan y extendió la condena a la aseguradora Escudo Seguros S.A., dentro de los límites de la cobertura.
Después, el fallo analizó los daños reclamados. En cuanto al Fiat Línea, concluyó que la reparación resultaba antieconómica frente al valor del vehículo. Por esa razón, fijó la indemnización sobre el valor de reposición y no sobre el costo de arreglo. También admitió un resarcimiento por la privación de uso del auto durante un plazo que consideró razonable para conseguir otro vehículo de características similares.