Debido a la “absoluta indiferencia del padre”, la justicia le quitó la responsabilidad parental
La causa había comenzado casi en forma rutinaria: el pedido de una mamá para que su hijo adolescente pudiera viajar al exterior. La legislación establece que un menor de edad debe contar con la autorización de ambos progenitores, pero el padre – de quien estaba separada hace varios años -, brillaba por su ausencia.
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Durante el desarrollo de la investigación fueron surgiendo otros elementos y una jueza de Familia decidió ampliarla. En su fallo, le reconoció a la madre la “responsabilidad parental” absoluta sobre el hijo; y en consonancia con el deseo del joven, determinó que deberán registrarlo solo con el apellido de la mamá.
El adolescente creció bajo el cuidado exclusivo de su madre desde la separación de la pareja. En ese tiempo, el vínculo con el padre quedó atravesado por la falta de contacto y el incumplimiento de obligaciones vinculadas a su manutención.
Entre los elementos reunidos, la escuela a la que asiste el adolescente informó que la madre fue la única referente adulta ante la institución. No existieron registros de acercamientos del padre para conocer su trayectoria educativa. A eso se sumaron constancias de otros expedientes que reflejaron incumplimientos en la obligación alimentaria.
La "absoluta indiferencia" del padre
Para la Defensoría de Menores se acreditó una situación de “absoluta indiferencia” y encuadró el caso en la causal de abandono prevista en el artículo 700 inciso b del Código Civil y Comercial. En ese marco, consideró que correspondía admitir la demanda en todos sus términos.
La voz del adolescente ocupó un lugar en la decisión. En la audiencia, expresó su posición sobre el vínculo con su padre y también sobre su identidad. Un informe del equipo interdisciplinario indicó que no se identificaba con el apellido paterno y que lo asociaba a experiencias negativas. En cambio, el apellido materno apareció como un elemento con el que sí se reconocía.
El padre estaba notificado
El padre, en tanto, no se presentó en el proceso pese a encontrarse notificado. Con todos esos antecedentes, la jueza dispuso la privación de la responsabilidad parental del padre y estableció que la madre ejerza ese rol de manera exclusiva. También ordenó la supresión del apellido paterno y la incorporación del materno, con su inscripción correspondiente.
En ese mismo marco, la autorización para salir del país quedó incorporada en la sentencia, en línea con lo solicitado en la demanda y con las circunstancias analizadas en el expediente.