2026-07-02

El cuento de la cuota alimentaria: quiso engañar para levantar un embargo de la billetera virtual y terminó expuesta

La deudora arrastraba una deuda por no pagarle los honorarios a su abogada.

Un caso sumamente llamativo se resolvió en los tribunales de nuestra ciudad. Una joven intentó destrabar la plata que le habían congelado en sus aplicaciones del celular asegurando que ese dinero correspondía a la cuota alimentaria que le dan sus padres.

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Sin embargo, el juez civil que manejaba la causa cruzó información con los juzgados de Familia y descubrió que todo era un invento, por lo que decidió mantener el embargo de las cuentas virtuales.

El conflicto original comenzó por una deuda de dinero. La joven había contratado los servicios de una abogada para realizar un trámite, pero tras recibir la asistencia nunca le abonó por su trabajo. Ante esta falta de pago, la profesional inició un juicio de cobro y el magistrado ordenó congelar los fondos que la deudora tenía depositados en las billeteras virtuales Mercado Pago y Naranja X (este tipo de medidas es una tendencia que crece en la región, ya que la Justicia ya no busca el dinero únicamente en las cuentas bancarias tradicionales, sino también en las aplicaciones financieras que la gente utiliza de forma cotidiana en su teléfono)

Al descubrir que sus cuentas estaban bloqueadas, la deudora se presentó ante el juzgado y exigió la devolución inmediata de los fondos. Su estrategia para defenderse fue invocar la protección legal de la cuota alimentaria.

Según las leyes de nuestro país, el dinero que los padres les transfieren a sus hijos para cubrir la comida, el estudio, el techo y la vestimenta es considerado "inembargable", es decir, que ningún juez lo puede tocar ni retirar para pagar deudas comunes porque sirve para asegurar la subsistencia del hijo. Aunque la joven ya cumplió la mayoría de edad, la legislación estipula que este derecho puede extenderse hasta los 21 años, o incluso hasta los 25 si el hijo se encuentra estudiando de forma activa y no tiene recursos propios.

La abogada que reclamaba el pago de sus honorarios se opuso con firmeza al reclamo de la joven. Explicó que las cuentas congeladas eran aplicaciones de uso particular de la deudora para sus gastos diarios y no cuentas judiciales destinadas al cobro de alimentos familiares. Al mismo tiempo, la profesional demostró que las fechas en que las plataformas retuvieron el dinero no coincidían con los días en que supuestamente los padres le transferían la mensualidad a la chica.

Para resolver la discusión de manera definitiva, el juez civil le solicitó un informe oficial al fuero de Familia, que es el organismo encargado de vigilar los acuerdos de separación y los depósitos de manutención. La respuesta de los empleados judiciales fue contundente y desarmó la estrategia de la deudora.

Los registros demostraron que las cuotas alimentarias reales de los padres se transferían todos los meses a una cuenta bancaria del juzgado y que la joven jamás había solicitado mudar esa plata a sus billeteras virtuales. Además, en uno de los expedientes de sus progenitores, se constató que la plata del mes estaba todavía guardada intacta en el banco oficial, por lo que era imposible que estuviera adentro de Mercado Pago.

Finalmente, el juez de la causa determinó que no basta con mencionar que uno recibe una cuota alimentaria para salvar el dinero de las aplicaciones, sino que es obligatorio demostrar con comprobantes y transferencias claras que los fondos salieron estrictamente de esa cuenta familiar. Como la joven no pudo presentar ninguna prueba real, el magistrado rechazó su pedido de levantamiento, confirmó el embargo en las billeteras virtuales y ordenó que ese dinero retenido se transfiera para saldar la deuda pendiente con la abogada.

 

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