Pagó la compra, el sistema se cayó y se tuvo que ir sin la mercadería: el supermercado la intimó a que deje de reclamar
Una mujer realizó su compra en un supermercado de Neuquén y luego de pagar con su tarjeta de débito, el sistema se cayó. El problema vino después: ni la caja ni el saldo del comercio registraban el pago; pero en la cuenta de la clienta el dinero ya no estaba. Figuraba como el consumo que pretendía realizar.
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La situación hubiera desbordado la paciencia de cualquiera: durante más de 30 minutos, el cajero y los supervisores estuvieron debatiendo qué hacer sin llegar a ninguna conclusión. La mujer se tuvo que retirar sin la mercadería que había pagado, sin el dinero que se había debitado, sin una disculpa del supermercado y expuesta al escrutinio de los otros clientes.
Había comprado alimentos, artículos de limpieza, productos de bazar y comida para las mascotas. La consumidora envió una carta documento para reclamar la devolución del dinero o bien la entrega de la mercadería.
La respuesta del supermercado fue agresiva: transfirió el dinero que había percibido a la cuenta bancaria, y le envió una carta documento intimándola a que deje de reclamar, o le iniciarían acciones judiciales.
La mujer le ganó de mano y presentó una demanda propia: reclamó una compensación por el momento que le hicieron pasar y por no haber podido disponer de ese dinero durante más de una semana
Una falla que no puede trasladarse al cliente
Para el juez civil Martín Peliquero, el episodio no podía ser presentado como un inconveniente ajeno al supermercado: “El funcionamiento del sistema de cobro constituye una tarea propia de la actividad desarrollada por la demandada para efectivamente percibir la prestación por los bienes que los consumidores pretenden adquirir en su establecimiento”. Las consecuencias de esa falla, sostuvo en la sentencia, “no pueden trasladarse al consumidor”.
El fallo consideró probado que la mujer había pagado, que la operación no quedó registrada y que se retiró sin una compra que ya había sido debitada. También señaló que el reintegro posterior no borró lo ocurrido en la línea de cajas, frente al personal y a las demás personas que se encontraban comprando.
La situación, afirmó el magistrado, era capaz de provocar “incomodidad, disgusto y exposición innecesaria”, porque la clienta tuvo que explicar y justificar un problema generado por el propio sistema del supermercado.
La sentencia entendió que el episodio había superado una molestia cotidiana y admitió una reparación por la afectación sufrida y por el período durante el cual la mujer no pudo disponer de su dinero. El juez rechazó, en cambio, la sanción adicional solicitada contra la empresa. Consideró que el caso había comenzado con un “incidente técnico” y que no se había probado una conducta dolosa, una indiferencia grave o una práctica reiterada suficientemente relacionada con lo ocurrido. El comercio recurrió la decisión del magistrado.