Insólito: le vaciaron la cuenta y el banco le pidió que explique cómo lo hicieron
Una sorpresa más que desagradable se llevó un vecino de la región cuando fue a pagar una compra y le dijeron que la cuenta era “inexistente”. La tarjeta de débito y la app del banco emisor daban el mismo resultado. Desesperado, llamó a la entidad y le confirmaron la sospecha: le habían vaciado los fondos y hasta tomaron un “giro en descubierto” millonario.
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La siguiente sorpresa fue la respuesta que obtuvo: el banco no se hizo cargo de la brecha de seguridad y trasladó al cliente la responsabilidad de explicar qué había pasado. Fue a la justicia y un juez civil rechazó su reclamo de un cliente. Recién en segunda instancia el hombre pudo tener una respuesta.
La Cámara de Apelaciones de Neuquén condenó al banco por permitir las transferencias y el giro en descubierto que el titular desconoció. Los jueces remarcaron el deber de seguridad que pesa sobre la entidad y descartaron que sea el consumidor quien deba reconstruir técnicamente cómo se produjo la maniobra.
Los magistrados Patricia Clérici y Pablo Furlotti entendieron que la entidad financiera debería haber explicado las medidas que tomó para evitar que se produzca el hecho o indicar si hubo “responsabilidad parcial o total del actor en la obtención de los datos necesarios para operar fraudulentamente en su cuenta corriente”.
La cronología
En enero de 2024, el cliente quiso abonar una compra con su tarjeta de débito y en el comercio le informaron que la cuenta era inexistente. Probó entonces con la aplicación bancaria y obtuvo la misma respuesta. Llamó inmediatamente a la entidad y, luego de verificar su identidad, le preguntaron si reconocía una serie de movimientos que él no había realizado.
Se trataba de transferencias efectuadas a personas con las que nunca había operado y un débito vinculado con un descubierto muy superior al que tenía originalmente autorizado. Parte de los consumos había sido realizada en Mar del Plata, a unos 1.200 kilómetros de su domicilio. El banco abrió un reclamo, pero luego le exigieron que aporte evidencia de la maniobra (phishing).
El banco se desentendió del problema
En primera instancia, el juez Martín Peliquero rechazó la demanda porque consideró que el cliente no había acreditado que un tercero hubiera ingresado al sistema ni que la plataforma bancaria presentara vulnerabilidades.
La Cámara, en cambio, entendió que el cliente no tenía que ingresar en los servidores del banco, identificar la dirección desde la que se hicieron las operaciones ni establecer qué método utilizaron los autores de la maniobra. Esa información estaba bajo el control de la entidad, que además decidió no presentarse en el juicio.
El tribunal sostuvo que el banco “pudo y debió frenar las operaciones que consideró sospechosas, a la vez que avisar inmediatamente al cliente, lo que no hizo, ya que no solamente permitió las transferencias y el sobregiro, sino que fue el cliente quien tuvo que advertir sobre la operatoria anormal que registraba su cuenta corriente”.
Los magistrados también subrayaron lo ocurrido después del reclamo: la firma demandada no investigó desde sus propios sistemas, no respondió las intimaciones enviadas por el cliente y pretendió que fuera él quien aportara todos los elementos para demostrar el fraude. “Nada ha hecho para solucionar el problema y averiguar lo que había sucedido”, señalaron.
Esa conducta fue calificada como “desinteresada y despreocupada”. Por eso, además de ordenar la devolución de los fondos y reconocer una reparación por las consecuencias sufridas, el tribunal aplicó una sanción adicional destinada a castigar el comportamiento del banco y evitar que se repita frente a otros clientes.