A los tropezones, la causa por contaminación ambiental en el Parque Industrial avanza a juicio
La investigación por la contaminación ambiental que habría producido la empresa Comarsa en el Parque Industrial de Neuquén dio un paso más hacia el juicio oral, pero nada está seguro en una causa que ha tenido mil trabas desde su inicio. El juez de garantías Juan Manuel Kess aceptó la elevación a juicio presentada por la fiscalía, pero falta resolver una apelación que llegó hasta la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia.
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En marzo de este año, el juez de garantías Lucas Yancarelli resolvió la “suspensión del juicio a prueba” para los tres imputados, como una alternativa para solucionar el problema de fondo: la acumulación de residuos contaminados de la actividad petrolera en un predio del Parque Industrial. La condición era que debían realizar la limpieza integral antes de marzo de 2027, y el saneamiento integral del predio en un plazo de dos años.
Un mes más tarde, el Tribunal de Impugnación resolvió rechazar esa modalidad y autorizar la continuidad del juicio. En un fallo dividido, la mayoría entendió que “por existir un interés público prevalente, y posible daño ambiental que puede afectar a la población actual del Neuquén y a las generaciones futuras, lo que correspondía era tomar competencia positiva, rechazar el pedido de suspensión del juicio a prueba y ordenar que se realice la audiencia de control de acusación con otro juez”.
Esa decisión está apelada y permanece en la Sala Penal del STJ. Mientras tanto, el nuevo juez de garantías dispuso la elevación a juicio.
Contaminación peligrosa
El delito por el cual se habilitó el juicio es el de contaminación peligrosa para la salud pública (artículos 57 y 55 de la ley 24.051 de residuos peligrosos, con remisión al artículo 200 del Código Penal; y 45 del Código Penal, en calidad de coautores).
Los tres imputados son J.M.L, presidente desde el 1 de abril de 2014; accionista mayoritario y controlante de Comarsa; H.E.B; director suplente entre abril de 2014 y mayo de 2017, pero que permaneció en posición de decisión hasta enero de 2021 y que tuvo funciones delegadas de administración y control; y F.A.P, quien entre principios de 2013 y septiembre de 2016 fue gerente general y responsable técnico de la firma, tenía la dirección del personal a su cargo y reportaba en forma directa a los otros dos acusados.
Al momento de la formulación de cargos, la fiscalía de Delitos Ambientales y las querellas también había planteado el concurso ideal con administración fraudulenta (artículo 173, inciso 7, del Código Penal), pero durante el control de acusación los acusados fueron sobreseídos por este delito.
La teoría del caso del MPF fue que desde 2014 en el predio de Comarsa en el parque industrial de Neuquén, la empresa recibió residuos petroleros por encima de su capacidad de tratamiento comprometida con YPF, lo que generó una acumulación masiva sin procesar. Según la fiscalía, mientras eso ocurría, emitió certificados de tratamiento no realizado y cobró por esos servicios, lo que le permitió sostener contratos, simular ganancias y dificultar los controles. Pese a que debía trasladarse fuera del ejido urbano y dejar de recibir residuos, continuó operando e incumplió reiteradamente los planes de cierre y remediación.
Juicio por jurados: un pedido que no prosperó
La fiscalía de Delitos Ambientales y los querellantes, la Asociación de Abogadas, Abogados y Profesionales del Ambiente y la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén y Río Negro (APDH), plantearon que el caso debe resolverse en juicio con la modalidad de jurado popular.
Un pedido que no prosperó porque a criterio del juez Juan Manuel Kees, estaría en contradicción con el propio Código de Procedimientos. Indicó que el juicio por jurados está previsto para casos de abuso sexual o delitos contra la integridad de las personas, con penas superiores a los 15 años.
En este caso en particular, la condena posible sería de cumplimiento efectivo, pero el rango está entre los 3 y los 10 años de prisión.
El caso pasará a la etapa de juicio con un tribunal colegiado, compuesto por tres jueces o juezas, por lo que rechazó la modalidad de jurado popular.
En principio, quedaron habilitadas alrededor de un centenar de personas para declarar como testigos durante el juicio, cuya fecha deberá fijar la Oficina Judicial.