2026-09-08

Chocaron en la ruta por cruzarse de carril: de quién es la responsabilidad

Se produjo sobre la ruta 22, cerca del aeropuerto. Lo protagonizaron un Ford Fiesta Kinetic y un Ford Focus.

Los conductores de dos vehículos se vieron envueltos en una polémica judicial, luego de protagonizar un fuerte roce en la ruta nacional 22. Los dos autos circulaban entre Plottier y el aeropuerto internacional de Neuquén, cuando uno de ellos se cruzó de carril, rozó al otro y le produjo varios daños en el lateral derecho.

 

Leé también: Urgente: murieron dos personas tras un choque en la Ruta 251

 

El juicio se tramitó en un juzgado de Cipolletti porque el damnificado, que conducía un Ford Fiesta Kinetic, tiene domicilio en esta localidad y el Código Civil le da la opción de litigar en el lugar de residencia.

Los dos vehículos venían en paralelo, en un sector donde la ruta tiene dos carriles por sentido de circulación, y viajaban desde Plottier a Neuquén. El Fiesta lo hacía por el canal de la izquierda; mientras que el Ford Focus lo hacía por el de la derecha (el más cercano a la banquina). Cerca del aeropuerto, el Focus realizó la maniobra de cambiar de carril y produjo el roce que provocó daños en el otro vehículo.

 

Qué dijeron las partes

Ambos conductores dieron explicaciones diferentes sobre el choque. El conductor del Fiesta responsabilizó al otro por desplazarse hacia el carril izquierdo. Por su parte, el del Focus culpó al otro vehículo: dijo que anunció su intención de cambiar de carril encendiendo la luz de giro, pero que el Fiesta iba a una velocidad excesiva y con falta de atención.

 

La pericia accidentológica

El perito que analizó las fotografías calificó al episodio como una “colisión lateral por fricción”.  Y consideró compatible esa secuencia con un ingreso progresivo del Ford Focus desde el carril derecho hacia el izquierdo. El perito también analizó la explicación de la defensa, según la cual el Focus ya había completado el cambio de carril cuando recibió el impacto. Esa alternativa no coincidió, de acuerdo con la pericia, con la ubicación y extensión de los daños que presentaba el Fiesta.

 

El fallo del juez

A partir de esa reconstrucción, la sentencia atribuyó la responsabilidad al conductor del Ford Focus, quien comenzó el desplazamiento hacia el carril izquierdo sin advertir la proximidad del Ford Fiesta, que ya circulaba por allí.

La resolución reconoció el daño material del vehículo a partir de las reparaciones y repuestos que la pericia vinculó con el incidente. También admitió una compensación por desvalorización, debido a la pérdida de valor comercial que podía conservar el Ford Fiesta después de las reparaciones. A su vez, reconoció la privación de uso durante el tiempo estimado para realizar los trabajos en el automóvil.

La sentencia extendió la condena a Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. dentro de los términos del contrato de seguro y con el límite de cobertura establecido según la doctrina legal citada en el fallo.

La resolución también señaló que no surgió prueba suficiente para acreditar que quien conducía el Ford Fiesta circulara a velocidad excesiva, sin luces o con falta de atención. Además, recordó que la luz de giro sirve como advertencia, pero no otorga prioridad para ingresar al carril contiguo. La persona que cambia de carril debe verificar que la maniobra no interfiera con quienes ya circulan por ese sector.

Te puede interesar