2026-10-03

Muerte en el Anai Mapu: que dijo el imputado de asesinar a Benavides

Claudio Uribe enfatizó su inocencia. Su abogado defensor dice que “no tuvo intención de matar.

Jorge Eduardo Benavides sufrió una terrible golpiza durante la noche del viernes 25 y murió el domingo al mediodía, cuando estaba internado en el Hospital Moguillansky. La autopsia reveló la magnitud de los daños: dos fracturas óseas en la cabeza (occipital y temporal), una en la base del cráneo y una hemorragia masiva que inundó el cerebro de sangre. La fiscal Alejandra Altamira recordó: “el forense no se explica cómo pudo sobrevivir en esas condiciones durante 36 horas”. Y le formuló cargos a Claudio Uribe por homicidio simple.

 

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Para el imputado y su defensor, Rodrigo Martínez, la situación se ve de otra manera. Sobre el cierre de la audiencia, después de haber declarado solamente su inocencia, Uribe se salió brevemente del libreto y puntualizó: “soy una persona buena. Estoy colaborando con la justicia para que pueda hacer su trabajo y yo recuperar mi libertad”.

También sostuvo que “es mentira que lo golpeé en el piso”. Luego expresó: “nunca tuve la personalidad de un psicópata de matar a otra persona”.

Y pidió que vuelvan a mirar la secuencia de la pelea fatal: “vean la actitud de la otra persona (la víctima), levanta una baldosa para atacarme. Si lo hubiera conseguido, yo estaría muerto y él estaría sentado acá”.

La jueza de Garantías, Amorina Sánchez Merlo, no se impresionó demasiado con ese reclamo: había visto las imágenes un rato antes y mencionó la importante disparidad de condiciones en que se produjo el enfrentamiento.

 

Homicidio preterintencional

El defensor oficial Rodrigo Martínez enfocó su estrategia en sostener una calificación diferente al episodio que terminó con la muerte de Benavidez. “Uribe no tuvo intención de matar; fue una pelea entre dos personas. Están las filmaciones. En todo caso, puede considerarse un homicidio preterintencional”, remarcó.

Es una figura que se aplica cuando la muerte no es una consecuencia buscada directamente por el agresor y tiene una pena mucho menor. El artículo 81 del Código Penal establece una condena de entre uno y seis años a quien mate a una persona “cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”. En este caso, sostuvo Martínez, fueron golpes de puño.

También enfatizó que tras la pelea, Benavides fue atendido en el hospital y el médico que lo evaluó lo dejó ir a su domicilio. A su criterio, allí se interrumpió “el nexo causal” que vincula la pelea en la esquina de Pastor Bowlder y Las Torcazas con la muerte del hombre.

 

 

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