2026-11-04

Fijan un límite a la duración de los juicios penales contra menores de edad

La Cámara Federal de Casación Penal dictó un fallo clave que impide estirar las causas contra adolescentes de forma indefinida.
La Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) dictó un fallo de fuerte alcance nacional que establece un límite estricto a la duración de los procesos penales contra menores de edad. La resolución fija un criterio obligatorio para los tribunales de todo el país: el paso del tiempo y las sucesivas apelaciones judiciales no pueden ser utilizados por el Estado para prolongar indefinidamente la persecución penal. 

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La doctrina nacional se consolidó tras resolver un caso de homicidio ocurrido en 2007, cometido por un adolescente que entonces tenía 16 años. El expediente acumulaba casi dos décadas de marchas y contramarchas. El debate central que saldó el tribunal fue determinar si las apelaciones y revisiones de penas ocurridas a lo largo de los años interrumpían los plazos o si el caso debía cerrarse por prescripción al pasar el límite legal. 
 
Por voto de la mayoría, los jueces Mariano Hernán Borinsky y Guillermo Yacobucci determinaron que las decisiones posteriores de los tribunales que revisan una pena no pueden ser consideradas como nuevas sentencias condenatorias. Advertir lo contrario, según explicaron, implicaría que cada nueva revisión durante las etapas de apelación reinicie los plazos legales de prescripción de forma interminable. 
 
El fallo remarcó que el principio de legalidad obliga a interpretar de forma restrictiva las causales que permiten extender la persecución penal en la Argentina. Asimismo, los magistrados destacaron que el régimen penal juvenil del país exige una especial atención a las garantías procesales de los adolescentes, y que su minoría de edad al momento del hecho jamás justifica aplicar criterios judiciales que resulten más perjudiciales para su situación. 
 
La resolución se tomó en disidencia con el camarista Gustavo Hornos, quien votó por rechazar el sobreseimiento del acusado. Hornos consideró que el proceso debía continuar en respeto al derecho de la madre de la víctima, quien llevaba esperando una respuesta de la Justicia por casi 20 años, argumentando que el rol judicial es hacer prevalecer el Derecho frente a la comunidad, aun cuando la respuesta llegue tarde. 
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