2024-04-29

Una situación de conflicto: las parejas separadas y la autorización a los hijos para viajar al exterior

Qué se puede hacer para obtener un permiso, cuando el otro progenitor no quiere firmar. El ejemplo de dos cosas ocurridos en Cipolletti

Hay una situación que suele ser tema de conflicto entre las parejas separadas: la autorización de los hijos para un viaje al exterior. El Código Civil establece la “responsabilidad compartida” de los progenitores, por lo que el permiso para salir del país debe estar firmado por ambos. ¿Qué pasa cuando uno de los dos se opone? ¿Se puede frustrar? ¿O hay un ámbito donde pueda llegarse a una solución?

 

Algunos ejemplos sobre hechos que pasaron en las últimas semanas, cuando la justicia de Familia de Cipolletti tuvo que involcrarse para otorgar dos autorizaciones. En un caso, el papá pretendía viajar a Buzios con su hijo menor, su nueva pareja y otras personas. El vuelo está programado para fines de abril y regresan en mayo. En este hecho, era la mamá quien no aceptaba firmar el permiso hasta que finalmente el padre judicializó el caso.

 

Cuando notificaron a la madre de la demanda, ella prestó su consentimiento para el viaje, aunque pidió precisiones acerca de las fechas de los vuelos y un compromiso de regreso. El permiso se otorgó por sentencia, con regulación de honorarios para cada parte.

 

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En otro caso, era la mamá quien planificaba un viaje a Chile para asistir al cumpleaños de un familiar de su actual pareja. En enero había realizando el mismo itinerario con el permiso otorgado por el padre del niño, pero ahora el hombre manifestaba una actitud obstructiva.


La sentencia de Familia otorgó una autorización amplia, hasta la mayoría de edad del niño, para evitar que la madre tuviera que judicializar el tema cada vez que necesitaba salir del país. La madre, en ese expediente, fue asistida por la Defensa Pública.

 

Las autorizaciones de viaje con niños, niñas y adolescentes se pueden gestionar directamente en el Registro Civil de Río Negro, mediante un trámite administrativo simple, o se pueden tramitar en forma privada en una Escribanía. En los casos donde no hay acuerdo, el tema se puede abordar en Mediación o en una Unidad Procesal del Fuero de Familia, anteriormente conocidos como juzgados de Familia.


El artículo 645 inciso c del Código Civil y Comercial de la Nación dispone que “si el hijo tiene doble vínculo filial, se requiere el consentimiento expreso de ambos progenitores” para “autorizarlo para salir de la República”.


Esas autorizaciones se realizan mediante los permisos de viaje y son muy frecuentes. En general, se tramitan cuando los progenitores están separados pero también puede ocurrir que una mamá o un papá planifique un viaje solo con hijos o hijas menores de edad.

 

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Por un arancel mínimo, el Registro Civil realiza los permisos de viaje al exterior siempre que el destino sea un país limítrofe. Esa vía administrativa se resuelve en un día. La validez de la autorización es por 90 días corridos, contados desde la fecha de la firma. Dentro de ese plazo se puede viajar más de una vez al país de destino.


Ante una Escribanía se pueden tramitar permisos para viajar a cualquier lugar del mundo o incluso permisos amplios, que tienen vigencia hasta que los hijos e hijas alcancen la mayoría de edad. En ese caso, las familias deben costear los honorarios del escribano o escribana.


La Mediación Prejudicial es otra instancia posible, cuando existe algún conflicto que impide a los progenitores alcanzar un acuerdo. Las partes pueden solicitar una mediación en cualquiera de los Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc) o Delegación Cimarc de la provincia para buscar un acercamiento y un compromiso de ambas partes.


El fuero de Familia es el último recurso para los permisos de viaje, cuando ya se han agotado las vías de diálogo. Esos planteos judiciales dejan en manos de un juez o jueza la decisión de autorizar o no autorizar el viaje y las partes deben costear los honorarios de abogados y abogadas, salvo que cuenten con representación de la Defensa Pública.

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