2024-07-16

La justicia falló a favor de tres albañiles que estaban “en negro” en una obra

Deberán pagarle los salarios adeudados más los proporcionales de aguinaldo y vacaciones

La Cámara del Trabajo de nuestra ciudad reconoció la relación laboral que existía entre tres albañiles y la empresa que llevaba adelante la construcción del edificio Atlas 8, en la calle Primero de Mayo 128 (barrio Belgrano). Para la justicia, está probado que los hombres se desempeñaban como oficiales carpinteros, sin estar registrados y en condiciones de contratación precaria. La firma deberá pagar las quincenas adeudadas, más los proporcionales de vacaciones y aguinaldo.

El fallo indicó que los trabajadores percibieron un salario diario sin registración formal y que al no recibir tres quincenas intimaron al empleador a regularizar su situación. Ante la falta de respuesta, dieron por terminada la relación laboral.

Los trabajadores intentaron una conciliación pero el demandando no se presentó a la audiencia. Entonces impulsaron el juicio laboral.

 

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En esa instancia, el responsable de la construcción del edificio negó la relación laboral y adujo que firmaron un contrato a precio fijo. También alegó un problema de salud, que lo obligó a trasladarse a Buenos Aires y a Córdoba. Sostuvo que a raíz de esa circunstancia se produjo un desorden administrativo y extravió la documentación relacionada a las obras que dirigía.

El tribunal determinó que la relación laboral quedó acreditada a través de testimonios y pruebas periciales. Además, se comprobó la ausencia de aportes a la seguridad social y la falta de entrega de certificados de trabajo.


(En el proceso judicial se comprobó que los tres trabajadores habían sido contratados "en negro" y se le adeudaba varias quincenas)

 

Se condenó a la persona que dirigía la obra a pagarle distintas sumas de dinero a cada uno de los tres trabajadores. Las indemnizaciones incluyen salarios adeudados, aguinaldo y vacaciones proporcionales. También deberá entregar los certificados de trabajo y servicios en un plazo de 60 días, bajo apercibimiento de sanciones diarias por incumplimiento.

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El tribunal notificó además a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a la Secretaría de Trabajo de la provincia y a la asociación sindical sobre la situación irregular detectada.

 

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