Pidieron 9 años y 6 meses de prisión para un sujeto imputado por el abuso sexual de una niña
La fiscal del caso Eugenia Titanti junto al asistente letrado Bruno Micciulo requirieron que un varón que fue declarado responsable por haber abusado sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar, sea condenado a 9 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento.
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El pedido se formuló luego de que un Tribunal de Impugnación dispusiera un nuevo análisis de la pena. La fiscal solicitó 9 años y 6 meses de prisión, “entendiendo que ese es el límite que nos impuso el tribunal de impugnación en el reenvío de la sentencia”.
En caso de ser viable, solicitó que se imponga la obligación de reparar de manera simbólica a la víctima con un monto de dinero, con el objetivo para cubrir el tratamiento médico y psicológico que necesita.
El equipo de la fiscalía pidió 9 años y 6 meses de prisión, más un resarcimiento económico a la víctima para "reparar el daño causado". Foto: MPF Neuquén.
De manera subsidiaria, es decir, en caso que no consideren imponer la pena y la reparación, propuso reducir a 8 años y 6 meses el tiempo de prisión, en favor de que se haga lugar al resarcimiento económico, “a los fines de componer y reparar el daño causado a la víctima”. “Entendemos que esperar una demanda civil implicaría al menos dos años más. Requerir esto en esta instancia permitiría tener mayor celeridad para afrontar de manera inmediata el tratamiento necesario”, explicó Titanti.
Por último, se requirió la inscripción en el registro de personas condenadas por delitos sexuales y la inhabilitación absoluta.
El tribunal colegiado integrado por la jueza Carina Álvarez y por los jueces Juan Manuel Kees y Luis Giorgetti dará a conocer el veredicto mañana.
La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal es que J.M.V.A cometió los abusos de forma reiterada entre 2012 y 2017, en tres domicilios distintos de la ciudad de Neuquén, aprovechando las oportunidades en las que la niña, que era parte de su entorno familiar, quedaba a su cuidado.
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Con el objetivo de proteger la intimidad de la víctima, se reservan la identidad del acusado y las precisiones respecto del modo lo lugar en los que cometió los delitos.
El 18 de marzo pasado fue condenado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, continuado, agravado por el vínculo, en calidad de autor (artículos 119, segundo párrafo, cuarto párrafo inciso b y 45 del Código Penal). Luego en junio se le impuso 9 años y 6 meses de prisión. Esa sentencia posteriormente fue impugnada por la defensa.
En base a la prueba producida, el tribunal consideró que no se pudo acreditar el acceso carnal por lo que también había acusado la fiscalía.