Manejaba a gran velocidad y mató a un joven que caminaba por la banquina
Un tribunal colegiado consideró responsable de “homicidio culposo” a Lautaro Guajardo, quien a bordo de un Fiat Palio atropelló y mató a un joven de 18 años que caminaba por la banquina de la ex ruta nacional 22, en jurisdicción de Plottier. Varios hechos se tomaron como agravantes: circulaba a más de 129 km/h; hizo abandono de persona al escapar del lugar; y cuando fue detenido el test de alcoholemia le dio positivo.
Leé también: Extraño hecho en el Don Bosco: detienen a un sujeto semidesnudo y armado con un cuchillo
El hecho ocurrió en la madrugada del 8 octubre de 2023 en la intersección de la ex Ruta Nacional 22 e inmediaciones al acceso a Piscicultura. Guajardo, en compañía de un amigo, regresaba de un boliche y se dirigía en dirección a Neuquén capital. Según las pericias, conducía el vehículo más de 129 km/h, en un sector donde la velocidad máxima es de 60 km/h.
En un determinado momento, Guajardo invadió la banquina por la que circulaban Matías García - a quien embistió y murió de forma inmediata - , y otros dos amigos a quienes rozó. “El condenado se dio a la fuga por la misma arteria por la que venía circulando, sin haber frenado en ningún momento, ni haber prestado ningún tipo de auxilio a la víctima”, sostuvieron las fiscales Lucrecia Sola y Guadalupe Inaudi.
Los amigos de Matías pintaron una estrella amarilla en el lugar del siniestro. Foto: archivo.
Horas más tarde se pudo extraer las muestras para realizar el análisis de alcoholemia, que arrojaron la presencia de un mínimo de 1,31 gr/L de alcohol en sangre. Además, y para tratar de borrar elementos de prueba, borró el historial del GPS de su celular y lo ocultó, “lo que eliminó la posibilidad para las partes acusadoras de reconstruir lo que pasó”.
Seguí leyendo: A través del 147 se atienden más de 100 consultas por día a vecinos cipoleños: conocé cómo funciona el chatbot
El veredicto de los jueces Cristian Piana, Marco Lupica Cristo y Raúl Aufranc fue unánime. Los jueces destacaron que los registros de las cámaras de seguridad no muestran que Guajardo no haya sido quien conducía el vehículo al momento del incidente, como planteó en algún momento del juicio la defensa. “La afirmación de la defensa en ese aspecto no supera la duda razonable”, sentenciaron.