Despiden a cuatro playeros de una estación de servicio involucrados en una estafa
Cuatro empleados de una estación de servicio de nuestra ciudad que quedaron involucrados en una estafa contra la empresa, fueron despedidos “con causa”. La Cámara Laboral confirmó la cesantía al considerar que los playeros actuaron por encima de las atribuciones que tenían al aceptar el modo de pago utilizado.
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La maniobra se produjo durante tres meses de 2022 (entre junio y agosto), y significó un expendio de 7.600 litros de combustible, con un costo en ese momento de poco más de un millón de pesos. Con los valores actuales, representaría 8,3 millones de pesos.
Los cuatro empleados de estación de servicio Voy, ubicada en la rotonda de las ruras 22 y 151, fueron despedidos después de que una auditoría detectara una maniobra fraudulenta. Según se probó, le permitieron a una clienta que, sin exhibir documento ni tarjeta física, ingresara datos falsos en el dispositivo, por lo que las operaciones no pudieron ser cobradas.
Los playeros intentaron revertir el despido a través de un reclamo judicial, pero la Cámara Laboral de Cipolletti confirmó la sanción adoptada por la empresa y no serán reincorporados, ni indemnizados. El tribunal consideró que la empleadora tuvo motivos suficientes para cesar la relación laboral, al haberse verificado conductas que derivaron en la pérdida de confianza.
La maniobra fue detectada durante una auditoría, realizada por los propietarios de la estación de servicio Voy de Cipolletti. Foto: archivo.
La maniobra se detectó a partir de una auditoría interna que advirtió operaciones de venta de combustible bajo la modalidad off-line del sistema PosNet. Esta forma de cobro está habilitada únicamente para situaciones excepcionales, como cortes de energía o fallas técnicas. Sin embargo, durante los meses de junio a agosto de 2022, se registraron más de cien transacciones realizadas manualmente, sin justificación técnica, y con datos de tarjetas de crédito que resultaron ser falsos.
Luego se probó que los empleados permitían que una clienta, sin exhibir tarjeta ni documento de identidad, ingresara los datos directamente en el dispositivo de cobro. En otras ocasiones, esa operación la realizaban los propios trabajadores, sin validar la identidad del supuesto comprador ni contactar a la entidad emisora de la tarjeta, como exige el procedimiento. Las operaciones salían como “aprobadas” por el sistema, pero semanas después, las tarjetas rechazaban el cobro por datos incorrectos.
Los cuatro trabajadores involucrados negaron haber actuado con mala fe y atribuyeron la situación a una supuesta falta de capacitación, tanto en el uso del sistema PosNet como en los procedimientos de validación. Indicaron además que contaban con autorización de una encargada para proceder de ese modo, lo que fue desmentido durante el proceso judicial.
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El tribunal consideró que, más allá de la intencionalidad, existió un incumplimiento objetivo de los deberes básicos de diligencia, buena fe y fidelidad. Valoró especialmente que los trabajadores tenían entre dos y nueve años de antigüedad, por lo que se presumió conocimiento suficiente sobre el funcionamiento del sistema de pagos. Además, otros empleados declararon haber recibido instrucciones claras sobre cómo actuar ante situaciones similares, incluso sin haber tenido una capacitación formal.
La sentencia destacó que el motivo del despido fue la pérdida de confianza, y no una acusación penal. En este sentido, el tribunal señaló que no resulta necesaria la existencia de un delito para que se configure una causa válida de despido cuando se acreditan hechos que afecten gravemente la relación laboral.