Confesó que mató a su amigo de una puñalada y lo condenaron a 8 años de prisión
Durante un juicio abreviado, el imputado por un crimen ocurrido en Catriel aceptó su responsabilidad y fue condenado a ocho años de prisión, la pena mínima establecida para un homicidio simple. El Tribunal de juicio homologó el acuerdo y valoró la falta de antecedentes del autor del homicidio. Como se trató de un juicio abreviado, no tiene posibilidad de impugnación ni de apelación.
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El hecho se produjo durante la madrugada del 8 de febrero de 2025, cuando tres personas salieron de un local nocturno tipo pool. En la intersección de las calles Córdoba y Mónaco, una discusión entre dos de ellas derivó en una agresión letal. Uno de ellos, Carlos Emanuel Araya, se retiró pero regresó armado con un cuchillo y atacó a Reducindo Figueroa. Le aplicó un puntazo en el tórax que le provocó la muerte inmediata.
La fiscalía había respaldado su acusación con diversas pruebas que fueron contundentes: el testimonio del tercer integrante del grupo; un policía que cumplía un adicional en un local nocturno; las grabaciones de las cámaras de seguridad de dos vecinos del lugar.
El informe de la autopsia confirmó que la causa de muerte fue una lesión cortante en la arteria aorta, compatible con una puñalada, y describió heridas compatibles con signos de defensa. Durante el allanamiento del domicilio del acusado, personal policial secuestró prendas de vestir coincidentes con las descriptas por los testigos.
El tribunal homologó el acuerdo alcanzado entre la defensa de Araya y la fiscalía. La calificación legal adoptada fue la de homicidio simple, prevista en el artículo 79 del Código Penal.
Araya no poseía antecedentes penales condenatorios y manifestó su conformidad con el acuerdo. El defensor expresó que la propuesta resultaba adecuada a la evidencia reunida durante la investigación.