2026-05-07

Ni a las reuniones ni a los cumpleaños: autorizaron a un adolescente a usar solo el apellido materno

La sentencia se basó en el desapego absoluto del hombre, quien no participaba de la crianza.

El Juzgado de Familia de Cipolletti autorizó a un joven a suprimir su apellido paterno y privó al progenitor de la responsabilidad parental.

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La demanda fue impulsada por la madre con el patrocinio de la Defensoría Pública. Según el expediente, el hombre se desvinculó totalmente de la vida del joven cuando este tenía apenas seis años. El adolescente, al ser consultado por el Equipo Técnico Interdisciplinario, manifestó con claridad que no se sentía identificado con el apellido de su padre y expresó su deseo de conservar únicamente el materno.

Las pruebas recolectadas fueron determinantes: informes de la escuela primaria confirmaron que el progenitor nunca se presentó a firmar comunicaciones ni asistió a eventos escolares, además, los testimonios de allegados ratificaron que el hombre tampoco realizaba aportes alimentarios ni participaba de momentos significativos como cumpleaños o actividades deportivas.

Al dictar el fallo, la jueza acreditó el abandono previsto en el Código Civil y Comercial, señalando que el padre se desentendió de sus obligaciones, dejando toda la carga del cuidado y la crianza en la madre.

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