2026-07-08

Piden 15 años de prisión para el culpable de intento de femicidio

Marco Alejandro Calfio fue considerado responsable de intentar asesinar a su expareja.

La fiscalía solicitó una condena a 15 años de prisión para Marco Alejandro Calfio, a quien el tribunal colegiado consideró responsable del intento de femicidio de su expareja, Natalia Vilte. Ese hecho ocurrió durante la madrugada del 14 de diciembre de 2024. La mujer murió horas más tarde en su propia casa, y no se pudo hacer una relación directa entre ambas situaciones.

 

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Calfio fue juzgado por intento de femicidio, que tiene una pena máxima de 15 años de prisión, y tras las audiencias, los jueces Natalia Pelosso, Manuel Kees y Juan Pablo Encina lo consideraron culpable. Esta semana finalizó la etapa de cesura, con la fiscalía solicitando la pena máxima posible, y la defensa la mínima de 10 años de cárcel.

El Código Procesal de Neuquén establece que el juicio por jurados se realizará solo cuando el fiscal vaya a pedir más de 15 años; en este caso, la fiscalía optó por otra estrategia y se conformó la terna de los jueces.

La fiscal Silvia Moreira resaltó que “este es un caso donde la extensión del daño aparece en su máxima expresión, y es por eso que entendemos que es justo y razonable aplicar una pena de 15 años de prisión más las costas y accesorias”. Como en su alegato debe presentar las atenuantes, mencionó como único argumento “la ausencia de antecedentes penales”.

 

Acoso, violencia e intento de femicidio

El hecho ocurrió durante la madrugada del 14 de diciembre de 2024, en la vivienda del victimario en Neuquén.

De acuerdo con la acusación del MPF, en un contexto de violencia de género, el imputado hostigó previamente a la mujer con decenas de llamadas y mensajes —incluso desde la cuenta de redes sociales de ella— hasta que logró que regresara a su casa. Una vez allí, la golpeó en distintas partes del cuerpo y la tomó del cuello con ambas manos, comprimiéndolo con la intención de matarla.

Mientras era agredida, la mujer gritó reiteradamente y fue escuchada por vecinas que intervinieron y alertaron a la policía, lo que provocó que el agresor cesara la maniobra y huyera del lugar.

Durante el juicio de responsabilidad, el tribunal tuvo por acreditado el hecho a partir de una prueba “convergente y contundente”: los testimonios de vecinas que oyeron los pedidos de auxilio y observaron a la víctima con lesiones inmediatas; el informe médico que constató golpes en el rostro, cabeza, brazos y piernas; el análisis genético que detectó ADN del imputado bajo las uñas de la mujer, compatible con un intento de defensa; y el relevamiento telefónico que registró 69 llamadas en pocas horas, lo que evidenció un patrón de hostigamiento y control. También se incorporaron mensajes con insultos y amenazas, así como denuncias previas que daban cuenta de un contexto sostenido de violencia de género.

Si bien Vilte falleció horas más tarde, la prueba forense determinó que la muerte no fue consecuencia del ataque sino de una asfixia sin intervención de terceros, por lo que la fiscalía readecuó la imputación: originalmente atribuyó el femicidio y para el juicio avanzó en la imputación como una tentativa de ese delito.

 

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