2026-11-04

Su foto circulaba por WhatsApp junto a graves acusaciones y la Justicia rechazó su pedido

Un hombre de Cipolletti pidió que se frenara la circulación de mensajes que lo señalaban como “Violín” y exponían datos de su domicilio y de un posible empleador

Un hombre acudió a la Justicia de Cipolletti para intentar frenar la circulación de mensajes de WhatsApp que difundían su fotografía junto a la palabra “Violín”, acusaciones vinculadas con una investigación penal y datos sobre domicilios particulares y un posible lugar de trabajo.

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El hombre presentó una medida autosatisfactiva de tutela preventiva de sus derechos personales y acompañó capturas de pantalla en las que aparecía una imagen que identificó como propia. Sostuvo que las publicaciones eran agraviantes y que exponían información personal y de su entorno.

Su objetivo era que se ordenara detener la difusión del material. Para eso, pidió que se prohibiera a una mujer publicar o retransmitir las imágenes, siempre que se pudiera comprobar previamente su participación en esos hechos.

También solicitó que, en caso de acreditarse esa intervención, se ordenara retirar las publicaciones en un plazo de 24 horas de las cuentas, estados, perfiles o grupos sobre los que la mujer tuviera capacidad para hacerlo. El planteo incluyó además un pedido para impedir que se difundieran públicamente datos sobre su domicilio y el lugar de residencia de sus familiares. Aclaró que esa restricción no debía alcanzar a denuncias ni a comunicaciones legítimas realizadas con fines de protección.

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 Por qué rechazaron el pedido

El principal obstáculo estuvo en la falta de pruebas sobre quién había difundido los mensajes. Las capturas de pantalla presentadas no permitían identificar a la mujer señalada como autora o responsable de retransmitir el contenido. La propia presentación reconocía esa dificultad y condicionaba las medidas solicitadas a que primero se comprobara su participación en la creación, publicación o circulación del material.

Al analizar el expediente, la jueza de la Unidad Jurisdiccional Civil N.º 3 de Cipolletti consideró que no había elementos suficientes para dictar una orden contra esa persona. La magistrada reconoció que las publicaciones podían generar una afectación importante. En los fundamentos de la resolución sostuvo que la dignidad humana y la moralidad del hombre estaban en “jaque” por los mensajes que circulaban a través de WhatsApp.

Sin embargo, explicó que esa posible afectación no alcanzaba para ordenar medidas contra alguien cuya intervención no había sido acreditada.

La sentencia recordó que las medidas autosatisfactivas son herramientas excepcionales, previstas para resolver situaciones urgentes y proteger derechos que se encuentran vulnerados o amenazados. Para concederlas, se necesitan fundamentos y pruebas que justifiquen una intervención judicial inmediata.

Finalmente, la jueza rechazó la solicitud, aunque dejó abierta la posibilidad de que el hombre presente una nueva demanda si consigue elementos que permitan demostrar la participación de la mujer señalada y vuelva a solicitar protección judicial.

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