¿Qué significa la “veda electoral” que comenzó esta mañana?

Estas 48 horas previas a las elecciones y hasta las 9 de la noche del domingo tienen algunas restricciones que afectan la vida cotidiana de cada uno de los argentinos.

20 octubre, 2023

¿Qué significa la “veda electoral” que comenzó esta mañana?
¿Qué significa la “veda electoral” que comenzó esta mañana?

Desde las 8 de la mañana comenzó a regir el período de “veda electoral”, que para las elecciones nacionales rige a partir de 48 horas antes del inicio de los comicios. El primer gran cambio que se podrá advertir es que ya se suspendieron todas las compañas publicitarias en radio y televisión. Pero qué es realmente lo que se puede o no puede hacer en estos momentos previos a las elecciones.

Lo más claro es la prohibición de realizar actos de campaña para los partidos políticos; y publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales desde esta mañana y hasta el cierre de los comicios. Pero después de la finalización y cierre de las mesas electorales (a las 18 hs del domingo), y hasta tres horas después, no se pueden difundir encuestas ni proyecciones sobre el resultado.

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En 2016 el Congreso incluyó medidas más restrictivas para las campañas electorales: estableció un plazo de 35 días previos a la fecha de realización de los comicios, y hasta las 48 horas previas al acto eleccionario. Allí queda definida la prohibición de publicar y/o emitir avisos publicitarios en radio, TV, medios gráficos, vía pública, internet, telefonía móvil y fija y publicidad estática en espectáculos públicos.

Tampoco podrán emitirse avisos publicitarios oficiales que promuevan o desincentiven “la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos”.

Para el domingo, desde las 8 de la mañana (cuando se abren las mesas), y hasta las 21 (tres horas después del cierre), no se pueden realizar “espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral”.

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La prohibición de vender bebidas alcohólicas estará vigente entre las 8 y las 21 hs del domingo, un tabú que quedó fijado en el Código desde comienzos del siglo XX, cuando el abuso de esas sustancias era aprovechada para generar episodios de violencia y para controlar a votantes.

Entre otras prohibiciones expresas que regirán para el día de los comicios figuran la de realizar reuniones electorales o distribuir elementos proselitistas en un radio de 80 metros de la escuela donde se tiene que votar. También  se aclara a los electores que  no estará permitido “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada”.