25/03/2024

La justicia de Familia no cree que sea indigente: tiene que pagar la cuota alimentaria

La justicia de Familia no cree que sea indigente: tiene que pagar la cuota alimentaria

El tipo no tiene trabajo registrado; tampoco tiene vivienda, automovil ni otro bien a su nombre. Pero sí tiene dos hijas pre adolescentes de las que nunca se hizo cargo, y la justicia no le cree que sea un “indigente”, por lo cual lo conminó a pagar la cuota alimentaria en forma retroactiva a la presentación de la demanda.

 

Se trata de un vecino de nuestra ciudad que nunca se hizo cargo de las niñas, que hoy tienen 10 y 12 años. Su ex pareja se presentó ante la justicia de familia para reclamar la ayuda económica para el sostenimiento de las hijas. Pero ni siquiera se presentó a las audiencias. El fallo admitió que por su edad y condiciones físicas se encuentra en condiciones de realizar una profesión y actividad. También lo conminó a pagar el monto que debe en concepto de alimentos.

 

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La madre de las niñas solicitó que se fije una cuota alimentaria porque está sin trabajo. Sus hijas tienen 10 y 12 años, viven con ella y van a la escuela. En consecuencia se consideraron además de los gastos de alimentación, los de salud, vestimenta y educación.

La mujer también aseguró que el papá se desentendió totalmente de sus obligaciones parentales, que no cumple con la cuota alimentaria y que es ella quien se encarga de manera exclusiva de las tareas de cuidado de sus hijas y satisfacer sus necesidades materiales.

 



El hombre, a pesar de haber sido notificado de la demanda, no se presentó al juicio. El fuero de Familia realizó una búsqueda por los registros públicos para conocer las actividades laborales o los bienes que posee el padre. Ninguna de esas averiguaciones arrojó resultados: Anses emitió una certificación negativa, Afip informó que el ciudadano no registra aportes previsionales y no se registra inscripto en dicho organismo.

De los informes expedidos por los registros del automotor y de la propiedad inmueble de Río Negro y Neuquén surge que el demandado no se encuentra registrado como titular registral en ninguno de los organismos.

 

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En consecuencia, a pesar de no contar con trabajo ni bienes registrados el fallo consideró que el padre “se halla en edad y condiciones físicas para desarrollar una profesión o actividad aunque no se obtenga prueba directa de sus ganancias, cabe presumir que cuenta con ingresos suficientes provenientes de su actividad habitual o que también está en aptitud para procurarlos".

Por ello se fijó una cuota alimentaria para sus hijas y se habilitó a la madre a cobrar el retroactivo desde que interpuso la demanda.

 

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