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26/08/2024

Fue a la justicia para tener el nombre que no pudo llevar por la guerra de Malvinas

En 1982 estaba prohibido registrar a los bebés con nombres extranjeros
Fue a la justicia para tener el nombre que no pudo llevar por la guerra de Malvinas
Fue a la justicia para tener el nombre que no pudo llevar por la guerra de Malvinas

Una vecina de Cipolletti fue a la justicia para definir una cuestión de identidad que le generaba muchas tensiones y conflictos. Nada menos que su nombre. Y todo porque cuando nació, su madre no pudo registrarla con el que había soñado e imaginado durante toda la gestación. Ella deseaba un nombre en inglés, y la pequeña nació el 15 de abril de 1982, apenas dos semanas después de la recuperación de las islas Malvinas.

 

En ese momento, los funcionarios del Registro Civil tenían la directiva de aplicar a rajatabla el texto de la ley 18.248, que los aceptaba sólo en los casos en que estuvieran castellanizados. Esa mamá llegó a la oficina, se enteró que no podía utilizar el que deseaba, y que además tenía unos minutos para decidir.

 

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Cuatro décadas más tarde, la justicia de Familia reinterpretó toda la situación, hizo eje en la propia historia de la demandante y su relación con su entorno, para darle finalmente la razón. Así, recuperó el nombre que originalmente había planificado la mamá, y con el que la conocen en sus distintos ámbitos sociales.


Durante la causa, la madre contó la sorpresa que se llevó cuando la fue a anotar, y que encima le dieron un pocos minutos para elegir otro nombre y que, como no tenía pensado y la apuraron, optó por el nombre de su hermana.

 

La mamá contó que al momento de inscribirla le dieron poco tiempo para pensar un nombre alternativo. Foto: archivo.


Ahora, la hija pidió que se eliminara el nombre de la tía y que se inscribiera en su lugar el nombre de origen inglés. Probó que pese a la prohibición de ese momento, de todos modos, es conocida por su entorno familiar, laboral y social desde su infancia.

Durante el proceso judicial, se presentaron diversos testimonios y pruebas documentales que respaldaron la petición. La madre de la solicitante, amigos, compañeros de trabajo y otros testigos confirmaron que la mujer es conocida con el nombre inglés desde temprana edad. Además, se incluyó un informe psicológico que destacó el impacto emocional negativo que generaba en la solicitante el uso del nombre de la tía, con el que nunca se identificó.

 

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La jueza de Familia de Cipolletti, al analizar los hechos, concluyó que existían justos motivos para autorizar el cambio de nombre, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación. Se destacó la importancia del derecho a la identidad y la autonomía personal en la decisión.

En consecuencia, se ordenó la rectificación del nombre en la partida de nacimiento de la solicitante y en la de su hija. Se instruyó al Registro Civil de la provincia de Río Negro a realizar las modificaciones necesarias. Además, se dispuso la emisión de un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) con el nombre corregido.