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23/06/2025

Dos oriundos del Alto Valle no pudieron ingresar al recital de Los Piojos por deber la cuota alimentaria

Fueron interceptados en la entrada, notificados y retirados por figurar en el registro de deudores. Esta Ley fue sancionada por la Legislatura porteña en 2024.
Se preservó la identidad de las personas que no lograron ingresar. (Foto Gabino Tapia X)
Se preservó la identidad de las personas que no lograron ingresar. (Foto Gabino Tapia X)

Previo al inicio del multitudinario concierto en el estadio Más Monumental de Los Piojos en Buenos Aires, este domingo 22 de junio, dos personas que figuraban en el registro de deudores alimentarios no pudieron ingresar a ver a la banda, aunque tenían sus entradas y habían llegado hasta los molinetes de entrada. Los mismos eran oriundos del Alto Valle y al detectar su situación fueron notificados y retirados.

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Las notificaciones se realizaron en el mismo ingreso del estadio, cuando la seguridad corroboró las identidades de los asistentes y su situación judicial actual. Según lo establecido en la Ley N° 6.771, sancionada por la Legislatura porteña en diciembre del año pasado, los neuquinos no lograron ingresar por figurar como deudores alimentarios.

El Ministro de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gabino Tapia, confirmó que eran dos personas oriundas de Neuquén que figuraban como deudores morosos. Indicó que esta acción forma parte de los controles en eventos masivos como partidos deportivos y eventos culturales, que prohíbe la entrada a quienes deban la cuota alimentaria.

Según se indicó, fue la primera vez que el Gobierno de la ciudad activó estos controles en eventos culturales masivos desde que rige la Ley, aunque previamente misma ya había sido implementada en espectáculos deportivos.

En uno de los antecedentes más cercanos, a tres personas se les prohibió la entrada al mismo estadio Monumental en el mes de marzo, durante el partido que enfrentó a la Selección Argentina con Brasil, por las Eliminatorias Sudamericanas del Mundial 2026.

La norma establece que quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos no podrán ingresar a eventos con más de 5000 asistentes. El registro de deudores alimentarios morosos incluye a toda persona obligada al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude el total o parte de dos cuotas alimentarias consecutivas o alternadas, en un período que no supere el año.

En Neuquén, desde el bloque Comunidad y sus aliados presentaron un proyecto de ley similar para prohibir el ingreso tanto a espectáculos públicos, eventos deportivos y culturales, fiestas populares y actividades masivas a todos los que figuren en el registro.