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01/10/2025

Declararon inconstitucional el cobro de tasas municipales en la Colonia 12 de Octubre de Allen

El juez señaló que la falta de agua potable, electricidad regular y mantenimiento vial en el sector hace ilegítimo el cobro de tasas municipales previsto en una ordenanza local.
La Justicia dejó sin efecto el cobro de tasas como Vialidad Rural (imagen gentileza)
La Justicia dejó sin efecto el cobro de tasas como Vialidad Rural (imagen gentileza)

La Justicia de Roca falló a favor de la Asociación Civil Árbol Río Negro y declaró inconstitucional el cobro de tasas municipales en la Colonia 12 de Octubre de Allen. El juez entendió que no es posible exigir tributos cuando el municipio no presta los servicios básicos que deberían justificarlos.

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Según el fallo, en la mayor parte del predio no hay agua potable, energía eléctrica, gas, cloacas, alumbrado ni mantenimiento de calles. Sólo en un sector, conocido como la “Toma 14 de Enero”, se detectaron algunas prestaciones mínimas, pero resultan insuficientes para avalar el cobro de impuestos.

El magistrado declaro que los servicios públicos deben brindarse de manera continua y accesible, y que los vecinos sólo deben pagar por lo que efectivamente reciben. “No existe una relación razonable entre lo que se cobra y lo que se presta”, concluyó.

Aunque el asentamiento se encuentra en situación irregular, el fallo remarcó que esto no quita la obligación del Estado de garantizar servicios esenciales, porque se trata de un derecho reconocido por la Constitución.

De esta manera, la Justicia dejó sin efecto el cobro de tasas como Vialidad Rural, Servicios Retributivos e Inspección de Baldíos, previstas en una ordenanza de 1978.