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02/04/2026

Fallo judicial: le deberán entregar una camioneta nueva por fallas de fabricación

El fallo determinó que el sistema de inyección y el filtro de partículas presentaban defectos que ponían en riesgo la seguridad del conductor
La sentencia encuadró el caso bajo la Ley de Defensa del Consumidor /imagen archivo
La sentencia encuadró el caso bajo la Ley de Defensa del Consumidor /imagen archivo

La Justicia de Cipolletti condenó a una automotriz y a una administradora de planes de ahorro a entregar un vehículo 0 km a un cliente que compró una Fiat Toro con defectos mecánicos persistentes. El fallo determinó que la camioneta presentaba fallas de fábrica en el sistema de inyección y el filtro de partículas diésel (DPF), que generaba riesgos de seguridad y un desgaste prematuro del motor, tornando el rodado no apto para el uso urbano convencional.

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La demanda se inició luego de que el propietario sufriera reiteradas alertas en el tablero y desperfectos técnicos que el servicio oficial no logró solucionar, incluso tras mantener la unidad inmovilizada durante semanas. Una pericia mecánica clave durante el proceso judicial confirmó que el vehículo podía entrar en "modo emergencia" de forma inesperada, reduciendo drásticamente su potencia en plena circulación, lo que representaba un peligro latente para los ocupantes y terceros.

La sentencia encuadró el caso bajo la Ley de Defensa del Consumidor, subrayando que las empresas incumplieron con el deber de información al no advertir sobre las limitaciones del sistema de motorización en entornos urbanos. Por este motivo, la Justicia ordenó que las firmas FCA Automobiles Argentina S.A. y FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados respondan de manera solidaria, entregando el valor de un vehículo nuevo equivalente y recibiendo la unidad fallada en el estado en que se encuentre.

Además de la sustitución del rodado, el tribunal fijó indemnizaciones adicionales por la privación de uso y el daño moral causado por la incertidumbre y las molestias reiteradas. También se aplicó una fuerte sanción civil (daño punitivo) al considerar que las empresas mostraron una conducta desaprensiva, ya que los problemas en ese modelo específico eran conocidos por la marca y no brindaron una respuesta adecuada al usuario afectado.