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05/04/2026

Le secuestraron la moto en un control vehicular y se la "perdieron": el Estado deberá comprarle una

El damnificado pagó la multa y, cuando fue a retirarla, había desaparecido del depósito policial.

En un reciente fallo judicial, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó la obligación de la Provincia de Buenos Aires de indemnizar a un ciudadano por la desaparición de un ciclomotor que, tras haber sido secuestrado por una infracción de tránsito, nunca pudo ser recuperado por su propietario. 

La misteriosa desaparición implica al ciclomotor Honda modelo NF100 Wave SD, año 2006, propiedad de un vecino que el 20 de abril de 2018, fue notificado de una infracción de tránsito. A raíz de este acto, el vehículo fue retirado de las calles por la Policía provincial y resguardado en el Departamento Vial. Tras pagar la multa impuesta, el dueño esperaba recuperar su bien; sin embargo, el 13 de mayo de 2019, una orden judicial dictó la restitución del rodado que lamentablemente nunca se concretó.

Conforme al expediente legal, el ciclomotor no fue encontrado en el depósito al momento en que el dueño acudió al lugar. Dada esta ausencia, se abrió una causa penal con la carátula de "averiguación de ilícito". La inversión policial ratificó la desaparición del vehículo, incompatible ante la ausencia de información clara sobre el destino del mismo.

Este incidente inspiró al propietario a levantar una demanda civil reclamando compensación por daños tanto morales como materiales. En su argumentación, el demandante sostuvo la culpa estatal sobre el incidente como depositario negligente al no mantener la custodia necesaria sobre el bien. Como resultado, persiguió una satisfacción económica que resarquiera la pérdida del motovehículo. La defensa, entretanto, ponía en tela de juicio tanto la existencia de falta administrativa como la morosidad de la reparación demandada por daño moral en particular.

Durante el proceso, se llevaron a cabo diversas pruebas periciales que afectaron la resolución del mismo. La evaluación contable arrojó que el valor de mercado del vehículo alcanzó los $132,000, fundamentado en investigaciones entre mecánicos especializados y distribuidores en línea. La pericia psicológica, además, reveló el estado emocional afectado del propietario, que presentó síntomas de angustia y desconfianza tras el lamentable extravío del rodado, aunque logró volver a su equilibrio personal.

La Corte Suprema avaló que la extinción de patrimonio bajo custodia estatal compromete al órgano respectivo a reponer la pérdida. La conclusión de tal negligencia quedó patente al sostener que ningún evento fortuito exculpaba la desaparición del motovehículo. La Provincia de Buenos Aires entonces se responsabilizó financieramente, de modo que la condena económica comprenda un reintegro con el valor actualizado del vehículo junto a un beneficio por concepto de daño moral constituido por un 20% del referido importe, tarea encomendada a una revisión contable y técnica especializada.