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26/05/2026

Choque en Ecuador y España: qué dijo la justicia sobre la prioridad de paso

Un Gol Power y una Ford Ranger colisionaron en la esquina y fueron a juicio por los daños.
La justicia analizó las diferentes pruebas, los testimonios y decidió darle la razón a la conductora del Gol Power. Las razones del fallo. Foto: archivo.
La justicia analizó las diferentes pruebas, los testimonios y decidió darle la razón a la conductora del Gol Power. Las razones del fallo. Foto: archivo.

Se trató de un accidente menor pero que sirve para ilustrar cómo se aplica el derecho de tránsito. Un Gol Power que circulaba por la calle Ecuador – en dirección oeste – este -, fue impactado por una Ford Ranger que iba en sentido norte – sur (hacia el centro). No hubo lesiones, pero sí daños de consideración. Como los propietarios no se pusieron de acuerdo y las aseguradoras tampoco, el tema llegó a la justicia civil.

 

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Y la primera pregunta que se hizo la justicia para determinar la situación fue muy simple: quién venía por la derecha. La conductora del Gol enfatizó que la prioridad de paso era suya, ya que era quien circulaba por la derecha, y remarcó que la camioneta marchaba a una velocidad que le impidió evitar el choque.

Los representantes de la aseguradora de la otra parte plantearon una versión diferente: que el Gol había chocado con la camioneta y por lo tanto era su responsabilidad. Sin embargo, el conductor demandado no se presentó en el expediente y fue declarado rebelde. La resolución recordó que esa situación permite tener por ciertos los hechos lícitos expuestos por la parte que reclamó, salvo prueba en contrario.

Un testimonio resultó clave para reconstruir la maniobra. Una persona declaró que vio el incidente vial. Dijo que el Volkswagen Gol Power frenó para ceder el paso a una bicicleta y que, después de esa maniobra, retomó el cruce. En ese momento apareció la Ford Ranger, que intentó esquivar al auto, pero igual se produjo el roce o impacto sobre la parte frontal derecha del vehículo menor.

La sentencia también analizó denuncias efectuadas ante compañías de seguro y una pericia mecánica. El informe técnico constató daños en distintos sectores del Gol Power, principalmente en la zona frontal y lateral derecha. Entre las afectaciones se describieron roturas y deformaciones en el capot, paragolpes, óptica, guardabarros, soporte de óptica, toma de aire y otros elementos del frente del rodado.

Con esos elementos, el fallo tuvo por acreditada la mecánica relatada por la conductora. La resolución señaló que el incidente vial se vinculó con la falta de respeto de la prioridad de paso de quien circulaba por la derecha y con la velocidad de la camioneta. También indicó que no se probó la causal de eximición invocada por la compañía de seguros.

La sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda. La condena alcanzó al conductor de la Ford Ranger y, en la medida del seguro contratado, a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada. El resarcimiento reconocido comprendió los daños materiales del vehículo y la privación de uso.

Sobre este último punto, el fallo sostuvo que la imposibilidad de utilizar un vehículo particular constituye un perjuicio indemnizable, porque el auto cumple funciones cotidianas de traslado. Por eso, la resolución reconoció una compensación por el tiempo estimado de reparación. La obligación de pago quedó a cargo del conductor y de Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada, dentro del límite de la póliza.