Cambian los requisitos para ingresar a Estados Unidos por un brote de ébola

A partir del 3 de noviembre se exigirá una declaración jurada a los viajeros internacionales tras la emergencia sanitaria en el Congo.

31 octubre, 2026

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) emitieron una nueva disposición sanitaria que exigirá un requisito obligatorio para todos los vuelos internacionales con destino a Estados Unidos. A partir de las 23:59 del 3 de noviembre de 2026, todas las personas que viajen en aeronaves desde el extranjero hacia territorio estadounidense deberán presentar una declaración firmada certificando que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al embarque. La medida federal responde a un brote de ébola registrado en África central y contempla un período de vigilancia estricta para evitar la propagación del virus.

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La obligación rige para ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes, extranjeros de cualquier nacionalidad e integrantes de tripulaciones de pasajeros o carga. Asimismo, la normativa abarca tanto los vuelos con destino final en el país como aquellos itinerarios que utilicen aeropuertos estadounidenses como puntos de conexión antes de continuar hacia otro destino internacional. Quedan exentos de la medida las aeronaves que sobrevuelen el espacio aéreo sin aterrizar, los aviones que transporten pacientes con autorización gubernamental y las evacuaciones médicas de emergencia.
 
Los CDC establecieron que cualquier persona que haya tenido presencia física en la República Democrática del Congo deberá aguardar 21 días completos fuera de dicho territorio antes de abordar un vuelo hacia Estados Unidos. En paralelo, se fijaron condiciones especiales para quienes hayan permanecido en Uganda o Sudán del Sur en los 21 días previos: mientras que los ciudadanos estadounidenses podrán ingresar a través de aeropuertos designados para someterse a controles sanitarios, los extranjeros y residentes permanentes legales no podrán ingresar hasta cumplirse el plazo de 21 días desde su salida de esos países.
 
Las compañías aéreas deberán arbitrar los medios digitales o físicos necesarios para recopilar y conservar las declaraciones de cada pasajero durante al menos 42 días, verificando la documentación antes del embarque. Las autoridades recordaron que brindar información falsa está penado por las leyes federales de Estados Unidos y que la falta de presentación impedirá el abordaje. La orden emitida por los CDC se mantendrá vigente hasta el 18 de diciembre de 2026, a menos que sea modificada o rescindida de acuerdo con la evolución epidemiológica del brote.