No es el padre biologico pero la justicia determinó que deberá abonar la cuota alimentaria
El fallo dictado por el fuero de Familia de Cipolletti ha reconocido el concepto de "socioafectividad" como una pieza clave para establecer obligaciones familiares.
La historia comienza cuando la niña, con tan solo 18 días de vida, fue acogida por una hermana de su madre, quien la crió junto a su pareja. Aunque no había ninguna filiación paterna conocida, la pareja desempeñó la figura de "padres del corazón" y finalmente obtuvieron la guarda de la niña.
Tras el fallecimiento de la madre biológica, la menor se quedó a vivir de forma definitiva con sus tía y su tío.
Sin embargo, cuando la niña cumplió 11 años, la convivencia se interrumpió y el tío abandonó el hogar, también dejando de contribuir económicamente. La mujer, que contaba solo con un trabajo de medio tiempo, se vio en dificultades para sostener económicamente a la niña y solicitó ayuda financiera al hombre, a pesar de no tener ningún vínculo de parentesco con ella.
A pesar de no tener un lazo biológico, el fallo del fuero de Familia de Cipolletti reconoce la conducta jurídicamente relevante del hombre a lo largo de más de una década, en la crianza y el sostenimiento económico de la niña. El concepto de "socioafectividad" se alza como una noción que trasciende las normativas legales tradicionales, otorgando valor al afecto y el compromiso en las relaciones de crianza.
La separación legal entre la pareja no puede eximir al hombre de su responsabilidad financiera hacia la niña, ya que estableció un vínculo sólido y duradero con ella. La figura del "padre solidario" se afianza como la expresión de un compromiso voluntario y emocional que va más allá de las circunstancias externas.
Por lo tanto, el fallo establece una cuota alimentaria equivalente al veinte por ciento de un salario mínimo, vital y móvil hasta que la niña cumpla los veintiún años. El sistema de defensa pública de Cipolletti asistió de forma gratuita a ambas partes involucradas en el proceso.
El reconocimiento de la "socioafectividad" como elemento clave en la conformación de nuevas realidades familiares va en contra de la visión tradicional basada en la consanguinidad y afinidad. En cambio, los lazos de afecto y cuidado, independientes de las relaciones biológicas, también son la base sólida para establecer obligaciones y derechos familiares.
Este enfoque, que refleja los cambios culturales y sociales, responde a la necesidad de un reconocimiento legal que abarque la complejidad de las conexiones humanas en el ámbito familiar. Desde la justicia indicaron que la "socioafectividad" surge como un nuevo elemento en el derecho de familia, superando las limitaciones previas y abriendo camino a una concepción más inclusiva de las relaciones entre las personas unidas por profundos lazos de amor y compromiso.