Crimen en la 2 de febrero: Lagos fue absuelto por el beneficio de la duda
En un fallo dictado por unanimidad, el tribunal colegiado decidió absolver a José Lagos por el beneficio de la duda del crimen de Cristian Nahuel Vera, ocurrido el 23 de diciembre de 2022 en la toma 2 de febrero de Cipolletti. Para los magistrados, no se pudo demostrar que Lagos fuera el autor de los disparos que provocaron la muerte del hombre.
Leé también: Muerte en la 2 de febrero: una trama de robos, amenazas y enfrentamientos familiares
Durante una audiencia que se realizó por zoom, el presidente del tribunal, Marcelo Gómez, explicó que de las declaraciones efectuadas por el testigo, surge que Lagos sí disparó contra la víctima, pero lo hizo con una escopeta calibre 12. Según la autopsia, las heridas provocadas por la perdigonada “no tenían la entidad como para provocarle la muerte”.
Vera murió por una hemorragia pulmonar y la lesión de la arteria carótida, en el cuello, provocadas por disparos de un arma de puño calibre 38. La pistola que se encontró en la casa de Lagos, calibre 9 mm, no es compatible con esa herida.
En cambio, para el tribunal sí quedó acreditado que Lagos utilizó una escopeta y que le disparó. Un hecho que se consideró como “abuso de arma de fuego” y “portación de arma de fuego sin autorización”. La acusación hecha por la fiscalía era “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, que tiene una pena mínima de 10 años y ocho meses; y un máximo de 12 (ya que no se pidió un juicio por jurados).
Con la nueva calificación, Lagos – que llegó al juicio con prisión domiciliaria -, queda a las puertas de una libertad condicional. La portación de armas de uso civil tiene una pena máxima de cuatro años; mientras que el abuso de armas (aún causando lesiones), de tres años. Las partes tienen cinco días para presentar nuevas pruebas y luego se definirá la audiencia de cesura, en que los jueces Marcelo Gómez, Sonia Martín y Guillermo Merlo dictaminarán el monto de la pena.
Por que se llegó al beneficio de la duda
Los jueces valoraron positivamente el testimonio brindado por el menor que declaró en la causa en Cámara Gesel. Tenía siete años cuando ocurrió el hecho y nueve cuando llegó al juicio. Y es la única prueba que ubicaba a Lagos en el lugar: el chico, que vive con sus padres frente a la vivienda de Lagos, dijo que vio la escena de la pelea entre la víctima y el joven hijo de Lagos, y luego refirió que “el vecino salió con una pistola y le pegó dos tiros”.
Al momento de describir el arma, el niño mencionó que tenía dos caños, una culata marrón y una extensión considerable. Para los magistrados, estaba mencionando el uso de una escopeta. Además, la narración que hizo coincide con las menciones que realizó el médico forense. Solo que esas heridas no iban a provocar la muerte de Vera.
Tampoco se encontraron las armas que se dispararon ese día, y los cartuchos peritados no coinciden con los que se encontraron en el cuerpo de la víctima
Todo eso abre un panorama de duda sobre la real conducta del imputado, por lo que el tribunal optó por considerarlo culpable solamente de la portación y abuso de armas.