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JUICIO POR FILIACIÓN:

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12/02/2025

Se negó al examen de ADN, ocultó el lugar donde enterraron a su madre y se niega a notificarse

La justicia determinó la paternidad del hombre y ordenó la inscripción en el Registro Civil
El pequeño nació mientras la pareja mantuvo una relación amorosa; pero después el hombre "se borró olímpicamente". Hasta el extremo de negarse a la notificación del juzgado. Foto: archivo.
El pequeño nació mientras la pareja mantuvo una relación amorosa; pero después el hombre "se borró olímpicamente". Hasta el extremo de negarse a la notificación del juzgado. Foto: archivo.

Un vecino de Cipolletti hizo todo lo posible para rechazar el reconocimiento de su hijo. Primero, se negó a realizarse un examen de ADN, aunque un estudio privado le dio positivo. Después, ocultó el lugar donde habían enterrado a su madre, para evitar que pudieran seguir la huella genética. Y por último, permanece sin brindar su paradero y se niega a ser notificado.

 

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La madre del niño, que ya tiene siete años, recurrió a la justicia de Familia, que tras un largo trámite ordenó la inscripción como hijo de esta persona.

Según surge del expediente, el demandado acompañó a la mujer durante el embarazo e incluso asistió al parto. Pero después no quiso ir a reconocer al bebé ante el Registro Civil. Se hizo un ADN privado que dio positivo, pero luego desapareció. Entonces buscaron a su madre muerta para realizar una prueba genética oficial pero él ocultó donde estaba sepultada.

La madre del niño inició la demanda en representación de su hijo. Relató que tuvo una relación con el demandado, que lo visitaba en su departamento en Neuquén y que él la acompañó durante el embarazo y el parto. Sin embargo, después del nacimiento, el hombre no se presentó a inscribir al bebé y se desvinculó de la situación. 

 

El juicio se tramitó en el Juzgado de Familia de Cipolletti. Foto: archivo.

 

En el marco del expediente judicial, la Defensora de Menores solicitó realizar un ADN con muestras de los abuelos paternos. Sin embargo, se supo que la abuela había fallecido y que la muestra genética del abuelo no era suficiente para determinar la filiación con certeza. Ante esto, el Poder Judicial ordenó identificar el cementerio donde estaba enterrada la mujer para proceder a una exhumación y obtener material genético. 

El demandado no solo se negó a someterse a la prueba de ADN, sino que tampoco informó el lugar de sepultura de su madre. Toda esa conducta impidió el avance de la pericia.

 

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A pesar de su falta de colaboración, el juez de Familia arribó a la conclusión de la paternidad basándose en el resto de las pruebas, incluyendo el ADN privado que había dado positivo y la presunción legal que recae sobre quien evita someterse a estos estudios. 

La sentencia ordenó la inscripción del niño como hijo del demandado en el Registro Civil, sin modificar su apellido. Dado que el paradero del hombre es desconocido, la notificación del fallo se realizó por edictos en el Boletín Oficial.