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06/06/2025

Manejaba a más de 200 km/h, volcó y mató al acompañante: no tendrá “probation”

El conductor puede pasar seis años en la cárcel por su conducta irresponsable y temeraria Además, se contempla una posible inhabilitación para conducir hasta por 10 años.
El BMW iba a más de 200 km/h cuando el reventón de un neumático provocó el vuelco. El acompañante, Edgar David Bartes, de 53 años, falleció en el acto.
El BMW iba a más de 200 km/h cuando el reventón de un neumático provocó el vuelco. El acompañante, Edgar David Bartes, de 53 años, falleció en el acto.

El juez de garantías de Neuquén, Cristian Piana, rechazó el recurso de “suspensión de juicio a prueba” y le negó la posibilidad de acceder a una “probation” a un conductor que está imputado de un hecho trágico. Manejaba su BMW a más de 200 km/h cuando volcó y provocó la muerte del acompañante. Edgar David Bartes, de 53 años, falleció en el acto producto de una severa lesión en el cráneo.

 

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La Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización de la audiencia de control de acusación. El conductor M.R está imputado de homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo, doblemente agravado por conducir en exceso de velocidad de más de 30 km/h y con culpa temeraria, en carácter de autor.

Esta calificación lo pone al borde de tener que cumplir una condena de prisión efectiva, ya que el Código Penal establece una pena de entre tres y seis años de cárcel, más una inhabilitación especial de entre cinco y diez años para conducir vehículos.

El pedido de suspensión de juicio a prueba había sido formulado por la defensa de M.R., pero la fiscalía, a cargo de Silvia Moreira, como la abogada querellante que representa a la familia de la víctima se opusieron a esa posibilidad.

El juez Piana consideró que “la suspensión de juicio a prueba no puede prosperar en este caso” y que “son varios los elementos que dan cuenta que está fundada la oposición de las partes acusadoras al otorgamiento”. Entre ellos, detalló que la fiscalía propone una calificación con dos agravantes “que elevan el mínimo de la pena”, uno de ellos, es que la velocidad fue elevada a más de 30km/h de lo permitido y finalmente agregó “incluso, fue superada en una velocidad mucho mayor de 93 km/h”.

 

Así quedó el BMW después del vuelco. La fiscalía entiende que hay agravantes y pidió continuar con el juicio. Foto: gentileza C7 Neuquén.

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La suspensión de juicio a prueba es una salida alternativa que suele aplicarse cuando el delito atribuido prevé una pena inferior a tres años de prisión y el imputado no tiene antecedentes penales, entre otros requisitos.

En este caso, M.R está imputado por el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, doblemente agravado por conducir en exceso de velocidad de más de 30km/h y con culpa temeraria, en carácter de autor.

 

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El hecho ocurrió el sábado 29 de junio de 2024, cerca de las 14, en la ruta provincial N° 51, a 15 kilómetros al de Vista Alegre. M.R conducía un automóvil BMW M240 y Bartes iba como acompañante. Las pericias determinaron que circulaba a más de 200 k/h, de forma negligente y antirreglamentaria, cuando se produjo la explosión del neumático trasero izquierdo que provocó la desestabilización del automóvil. El conductor perdió el control del vehículo, derrapó y finalmente volcó. Como consecuencia de ello, Bartes falleció a causa de un traumatismo encefalocraneano grave.

Ak momento del vuelco M.R circulaba al menos a 203 km/h cuando según la normativa aplicable en la zona el máximo permitido es de 110 km/h.