La Corte Suprema ratificó que el Ejecutivo no puede reemplazar al Congreso

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional un artículo del DNU 274/2019, dictado durante el gobier de Mauricio Macri, por considerar que el Poder Ejecutivo no acreditó la existencia de una situación de necesidad y urgencia que justificara modificar, mediante un decreto, una materia cuya regulación corresponde al Congreso.

14 agosto, 2026

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó una decisión significativa al declarar inconstitucional un artículo específico del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/2019, promulgado durante el mandato del expresidente Mauricio Macri. La determinación no solo resalta la importancia de la separación de poderes, sino que también reafirma los principios constitucionales que limitan las acciones del Poder Ejecutivo.

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Este caso tiene su origen en una sanción impuesta a la corporación Cencosud, multada con $700,000 por una infracción en el régimen de Lealtad Comercial. Se descubrió que uno de sus establecimientos cobraba un precio mayor en comparación con el consignado al público para un producto. Cencosud desafió la sanción, llevando la disputa hasta el nivel de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.

En su núcleo, el conflicto radicaba no solo en la multa, sino también en la consideración de quién tenía la competencia para intervenir en el caso. El DNU 274/2019 había asignado originalmente este papel a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Sin embargo, este tribunal rechazó la disposición por considerarla inconstitucional, argumentando que tal competencia debería pertenecer al fuero Contencioso Administrativo Federal. Con ambos conducidos a un enfrentamiento jurídico, finalmente fue la Corte Suprema la que intervino para resolver el desacuerdo.

La Corte explicó que reglamentar la competencia judicial es un poder reservado exclusivamente al Congreso, y que los decretos de necesidad y urgencia son excepcionales, requiriendo condiciones estrictas para su aplicación. Subrayó que el Decreto 274/2019 carecía de las circunstancias exigidas de urgencia y necesidad, fallando en establecer una justificación clara para alterar una autoridad que debería haber sido discutida y aprobada por el poder legislativo.

En su fallo, la Corte enfatizó que el uso de los DNU no debe ser motivado simplemente por conveniencia o celeridad. La Constitución establece que legislar debe ser tarea del Congreso, salvo situaciones de indiscutible urgencia donde el Ejecutivo debe evitar una disfunción gubernamental. Así, se resaltó que ni el paso del tiempo invalida la necesidad de control legal cuando se trata de acciones del Ejecutivo.

El fallo es claro: no se pueden acometer reformas que alteren el equilibrio de poderes bajo justificaciones insuficientes. Esta medida asegura que toda reforma que tiene un impacto significativo o efectos permanentes sobre la distribución de funciones entre las ramas del gobierno, debe ser debidamente evaluada y aprobada por el órgano adecuado, en este caso, el Congreso.